Cali, 19 de septiembre de 2016
A partir del 25 octubre de 2004 y durante una pavorosa semana, el Sargento Segundo del Ejército Nacional Juan Pablo Sierra Daza, en compañía de varios hombres armados en la Vereda el Picudo, del municipio de Puerto Caicedo Putumayo, privaron de la libertad a siete indefensas mujeres campesinas y las sometieron a torturas e indecibles vejámenes contra su dignidad, mediante actos de violencia sexual, violencia física, psicológica, amenazas , disparos con arma de fuego, amenazas y lesiones con arma corto punzante; amarres, tratos injuriosos, privación del alimento, todo con el fin de obtener confesiones de delitos no cometidos por las indefensas campesinas.
A ROSALIA BENAVIDES FRANCO, luego de someterla a múltiples afrentas la ejecutaron extrajudicialmente con arma corto contundente y bajo el amparo que les concedía el terror, lanzaron el cadáver desmembrado al aljibe del que tomaba el agua la comunidad.
Las seis mujeres campesinas sobrevivientes fueron violentadas carnalmente en los días sucesivos por sus captores. A tres de ellas, las privaron de la libertad en la Residencia del poblado durante tres días, tiempo durante las sometieron a torturas, amenazas y violencia sexual con el uso de armas blancas y tiros de fusil.
No obstante, la gravedad de los crímenes y la existencia de abundante material probatorio en manos de la Fiscalía, solo por solicitud de la Corporación Justicia y Dignidad, el 8 de octubre de 2010, la Fiscalía Segunda Especializada de Mocoa Putumayo dispuso la indagación preliminar.
Posteriormente el caso fue asignado a la Fiscalía 70 Especializada de la Unidad de Derechos Humanos de Cali (UNDH-DIH), con Radicación 9044-70, delegada que pese a tener en sus manos sendas declaraciones de las afectadas; existir las minutas de guardia militares que acreditan los hechos; así como múltiples declaraciones de los soldados que fueron testigos de los hechos y que corroboraron los documentos escritos que incriminan a los implicados; pese al reconocimiento expreso de los hechos del sargento Sierra Daza, en ampliación de indagatoria en octubre de 2015, la Fiscalía 70 ni siquiera le ha resuelto la Situación Jurídica a este implicado luego de doce años de ocurridos los hechos.
Pese a la valoración psicológica a las afectadas de mayo de 2015 del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en la que se destaca la correspondencia entre los hallazgos psicológicos, la información histórica aportada y los hechos victimizantes, el ente acusador permanece impávido contribuyendo a la impunidad.
Pese a que los contundentes informes periciales fueron realizados minuciosamente conforme al Protocolo de Estambul, Manual para la investigación y Documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, en los que se encontraron graves afectaciones psicológicas permanentes en el tiempo, para la Fiscalía es letra muerta; no es un elemento suficiente para resolver siquiera la situación jurídica.
Para la Fiscal 70 de la UNDH-DIH, pese a que la valoración de medicina legal dispone la atención psicoterapéutica de estas mujeres abandonadas por el Estado por un crimen cometido por sus agentes, su inactividad es reflejo del irrespeto por la dignidad humana.
Pese a la gravedad de los hechos y a que el proceso penal debe ser un medio para el reconocimiento de los derechos de estas humildes mujeres, el Estado a través de la Fiscalía incumple sus obligaciones constitucionales y convencionales de establecer la verdad, la justicia y la reparación, instaurando en el caso la más repugnante impunidad.
Solicitamos al Fiscal General de la Nación Dr, NESTOR HUMBERTO MARTÍNEZ, la reasignación inmediata del presente proceso a una Fiscalía destacada en género que garantice de manera efectiva y pronta los derechos de las mujeres víctimas de tan graves crímenes y se garantice a la sociedad el derecho a la no repetición de los mismos.