,

Colombia da un paso histórico para proteger a las mujeres en política: entra en vigencia la Ley 2453 de 2025

En una decisión histórica que busca saldar una deuda estructural con las mujeres en el ámbito público, el Gobierno Nacional sancionó la Ley 2453 de 2025, una norma integral que establece medidas para prevenir, atender y sancionar la violencia contra las mujeres en política. La ley fue firmada el 2 de abril por el presidente Gustavo Petro, junto a las ministras y ministros de Justicia, Interior e Igualdad, y ya rige en todo el territorio nacional.

Esta normativa marca un punto de inflexión para la democracia colombiana: por primera vez se reconoce legalmente que la violencia política contra las mujeres no solo existe, sino que opera de formas múltiples y muchas veces silenciosas. Desde la agresión física hasta los ataques digitales y simbólicos, la ley tipifica expresamente todas las modalidades de violencia que buscan limitar el ejercicio político de las mujeres por razón de género.

Participar sin miedo: un derecho fundamental

La ley reconoce que las mujeres tienen derecho a una vida política libre de violencia, sin discriminación y sin estar sujetas a estereotipos de subordinación. En ese sentido, protege su participación en procesos electorales, en cargos públicos, en el control del poder político y en todas las instancias de representación y toma de decisiones.

“La participación política de las mujeres no puede seguir siendo un campo minado por el miedo y la agresión. Esta ley es una herramienta para que ninguna mujer tenga que elegir entre sus derechos políticos y su integridad”, afirmó la ministra de Justicia, Ángela María Buitrago Ruiz.

Violencia política con nombre y apellido

La Ley 2453 define la violencia política como cualquier acción, conducta u omisión, pública o privada, que busque restringir los derechos políticos de una mujer y que esté basada en elementos de género. Reconoce formas específicas de agresión como:

Violencia digital: ataques en redes sociales, suplantación de identidad o difusión no autorizada de contenido.

Violencia simbólica: perpetuación de estereotipos que deslegitiman la autoridad femenina.

Violencia económica: restricciones al acceso a recursos para campañas políticas.

Violencia vicaria: agresiones que usan a familiares o personas cercanas como blanco para dañar a la mujer.

Mecanismos de protección y vigilancia

La ley establece que el Consejo Nacional Electoral, la Registraduría y entidades como la Procuraduría, Defensoría del Pueblo y personerías municipales deberán vigilar el cumplimiento de esta normativa, otorgar medidas de protección y acompañar legalmente a las víctimas.

Además, los partidos políticos estarán obligados a implementar protocolos internos de prevención, atención y sanción, con el acompañamiento de sus dependencias de género, sin que ello implique intervenir en su autonomía organizativa.

Interseccionalidad y riesgo extraordinario de género

La norma también introduce dos conceptos clave: la interseccionalidad, para reconocer que hay mujeres más vulnerables por su raza, orientación sexual o condición étnica, y la presunción de riesgo extraordinario de género, que obliga al Estado a actuar con urgencia ante denuncias de amenazas o agresiones contra lideresas.

Un cambio de época

Con la Ley 2453, Colombia no solo se alinea con los tratados internacionales en derechos humanos y equidad de género, sino que da un mensaje claro: la democracia plena solo es posible cuando las mujeres pueden ejercer su liderazgo sin miedo.

Porque no basta con abrirles la puerta a las mujeres en la política: hay que garantizar que puedan entrar sin ser violentadas.

Por: Prensa Justicia y Dignidad