Hallazgos y recomendaciones preliminares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre la situación de Colombia.

Por invitación del presidente Gustavo Petro, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos realizó una visita in loco en Colombia con el propósito de observar los impactos de las distintas formas de violencia en la situación de los derechos humanos. La delegación que condujo la visita estuvo liderada por la Presidenta de la CIDH, Comisionada Roberta Clarke; el segundo vicepresidente y Relator para Colombia, José Luis Caballero; los Comisionados Stuardo Ralón y Arif Bulkan, y las Comisionadas Andrea Pochak y Gloria De Mees, junto a la Secretaria Ejecutiva, Tania Reneaum, la Secretaria Ejecutiva Adjunta, María Claudia Pulido, la Jefa de Gabinete, Patricia Colchero, y especialistas de la Secretaría Ejecutiva. Así mismo, integraron la delegación los Relatores Especiales para la Libertad de Expresión, Pedro Vaca, y sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Javier Palummo.

La delegación visitó la ciudad de Bogotá y los departamentos de Antioquia, Cauca, Chocó, La Guajira, Magdalena, Nariño, Putumayo y Valle del Cauca. En dichos lugares, la CIDH se entrevistó con autoridades de los diferentes poderes del Estado y se escuchó a organizaciones de la sociedad civil, grupos indígenas y afrocolombianos, activistas, personas defensoras y con liderazgo social y comunitario, sindicatos y gremios empresariales, así como de partidos políticos. La CIDH también visitó algunos de los principales centros de reclusión del país.

En la rueda de prensa del viernes 19 de abril, la CIDH presentó sus observaciones preliminares destacando varios aspectos de la crítica situación de derechos humanos y humanitaria que padece Colombia.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos indicó que Colombia, un país caracterizado por desigualdades extremas y arraigada pobreza, enfrenta una compleja transformación socioeconómica en medio de prácticas históricas de racismo y discriminación de clases. La presencia de grupos armados delincuenciales en territorios vulnerables agrava esta situación, generando un clima de violencia que socava los derechos humanos en el país.

El acuerdo de paz de 2016, centrado en el abandono de armas, la justicia transicional y el dejar las economías ilegales, se percibía como un punto de inflexión hacia una sociedad más justa e incluyente. Sin embargo, la implementación de estas acciones ha enfrentado  obstáculos significativos, incluida la persistencia de la violencia contra firmantes de paz,  defensores de derechos humanos y líderes sociales.

Las comunidades indígenas, afrocolombianas, raizales y palenqueras, así como el pueblo ROM, han sido sistemáticamente excluidas. Además, el patriarcado ha instaurado una jerarquía de género que subyuga a mujeres, adolescentes, niñas y personas LGBTI. Esta discriminación se agudiza al entrelazarse con factores económicos, fortaleciendo así la exclusión social y política.

En las áreas habitadas principalmente por comunidades étnicas, persisten una serie de problemas graves, como asesinatos, amenazas a líderes y lideresas, reclutamiento forzado de niños, niñas y adolescentes, y un aumento en la extorsión y el secuestro. La presencia y control territorial de los grupos armados han llevado a situaciones de resistencia, confinamiento y desplazamiento interno de la población, lo que representa una crisis que amenaza la identidad cultural y la supervivencia de estas comunidades

Las mujeres y personas LGBTI, especialmente aquellas pertenecientes a comunidades indígenas, afrodescendientes, campesinas con discapacidad o en situación de movilidad, continúan siendo víctimas de violencia sexual y reproductiva en las áreas rurales bajo control de grupos armados.

A pesar de que  a pesar de que los grupos étnicos, mujeres y población LGBTI sufren de manera desproporcionada los impactos de los conflictos, siguen siendo excluidos de manera sistemática de participar equitativamente en los procesos de paz y en la gobernanza. Además, enfrentan mayores barreras para acceder a la educación, la tierra y otros recursos productivos.

La raíz del conflicto armado en Colombia, así como de las recientes manifestaciones masivas en 2019, 2020 y 2021, reside en la desigualdad y la discriminación arraigadas en el país. En muchos territorios rurales, el Estado tiene una presencia mínima, lo que resulta en la falta de seguridad, servicios sociales, acceso a la educación e infraestructuras básicas. Los grupos armados aprovechan esta vulnerabilidad para reclutar principalmente a niñas, niños y adolescentes.

El conflicto armado en Colombia, desideologizado y centrado en economías ilícitas como la minería ilegal y el tráfico de drogas y de personas, ha generado violencia indiscriminada, reclutamiento forzado de niños, niñas y adolescentes, y desplazamiento interno masivo. La falta de presencia estatal en zonas rurales profundiza la inseguridad y la exclusión.

Además, la crisis humanitaria se agrava con el flujo masivo de personas en movimiento, incluyendo venezolanos, haitianos, ecuatorianos y personas de otros países fuera de la región, lo que incrementa el riesgo de trata de personas, explotación sexual y otras formas contemporáneas de esclavitud.

A pesar de los avances en la implementación del acuerdo de paz, no existe una efectiva coordinación entre entidades gubernamentales para la ejecución de las medidas acordadas. Es necesario priorizar la participación efectiva de las comunidades étnicas en la implementación y garantizar la protección de los derechos de quienes participan en el proceso de paz.

La continuidad de estos problemas se atribuye a la impunidad sistemática, que implica una falta de diligencia en las investigaciones y una falta de identificación y sanción de los responsables intelectuales incluso cuando hay condenas. La impunidad sistemática en Colombia supone un obstáculo significativo para la justicia y la superación de violaciones de derechos humanos. Es fundamental fortalecer la coordinación entre autoridades y garantizar una investigación y sanción efectivas de los responsables de violaciones de derechos humanos.

Además, la Comisión Interamericana visitó centros de detención y observó condiciones inaceptables a pesar de los esfuerzos para tratar a la población penitenciaria.

Los testimonios recopilados de diversas regiones del país reflejan la angustia, la incertidumbre y el sufrimiento que experimentan frente a la violencia reinante, la imposición del dominio territorial por parte de grupos armados y la convivencia forzada con ellos. Todo esto se desarrolla en un contexto de abandono histórico por parte del Estado.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos recomendó al Estado de Colombia lo siguiente:

  • Desarrollar políticas redistributivas que garanticen el acceso pleno a los derechos y disminuyan la desigualdad en Colombia.
  • Cumplir con la obligación internacional de proteger la vida y la integridad de las personas en todo el territorio nacional, especialmente en las zonas donde se hayan decretado ceses al fuego bilaterales, alineando las nuevas negociaciones con grupos armados a la ruta establecida en el acuerdo de paz de 2016.
  • Priorizar el debate constructivo y los consensos en el Congreso para la aprobación de leyes necesarias para la implementación del acuerdo de paz, incluyendo la reforma a la ley de víctimas.
  • Exhortar a la fiscalía general de la nación y al poder judicial a investigar, juzgar y sancionar a los responsables de graves violaciones de Derechos Humanos.
  • Fortalecer la coordinación entre autoridades nacionales, departamentales y municipales, garantizando la participación efectiva de las comunidades en el desarrollo de proyectos productivos, infraestructura, acceso al agua, construcción de vías de comunicación y oferta de alternativas para todas las personas, especialmente la juventud.

La CIDH espera que el Estado y la sociedad en su conjunto pueden lograr los acuerdos sociales y políticos necesarios para impulsar las transformaciones que permitan alcanzar la paz y garantizar la vigencia de los Derechos Humanos en Colombia. Reconociendo que esto requerirá de un compromiso firme con el diálogo participativo y el respeto a los derechos humanos en todas las esferas de la sociedad colombiana.

Por: Sofía López Mera, abogada y periodista, defensora de derechos humanos de la Corporación Justicia y Dignidad.

Día de la Tierra Palestina: una urgente súplica para detener El Genocidio.

El origen del Día de la Tierra Palestina, celebrado cada 30 de marzo, se remonta a las movilizaciones palestinas contra la expropiación de tierras por parte del gobierno israelí en 1976. En esa fecha, la sociedad palestina convocó una huelga general en protesta por el continuo robo de sus tierras por parte de Israel. El 30 de marzo de 1976, el Ejército israelí asesinó a siete jóvenes palestinos que participaban en manifestaciones para detener la confiscación de 2,100 hectáreas de tierras palestinas con el propósito de construir colonias para judíos y un campo de entrenamiento militar.
Desde entonces, cada 30 de marzo se conmemora la lucha del pueblo palestino plantando un olivo como símbolo de reivindicación de sus derechos legítimos sobre la Tierra Palestina y su derecho al retorno. Sin embargo, hoy, después de 48 años, en Palestina se está perpetrando el genocidio más sangriento, con cifras escandalosas que evidencian el poder de Israel y Estados Unidos para llevar a cabo esta barbarie ante una humanidad espectadora e impotente, y una comunidad internacional incapaz de detener el horror.
Durante los casi seis meses en los que Israel ha declarado su guerra contra Hamas, se ha orquestado un genocidio que podemos observar en tiempo real a través de las redes sociales, con las siguientes cifras:
• 2,848 masacres cometidas por el ejército de ocupación israelí contra el pueblo palestino en la Franja de Gaza y Cisjordania.
• 39,226 personas entre asesinadas y desaparecidas.
• 32,552 personas asesinadas que llegaron a los hospitales.
• 14,280 niños asesinados.
• 27 niños muertos por inanición.
• 9,340 mujeres asesinadas.
• 364 personas asesinadas del personal médico.
• 48 personas asesinadas de la Defensa Civil.
• 136 periodistas asesinados.
• 7,000 personas desaparecidas, el 73% de las cuales son niños y mujeres.
• 74,980 personas heridas.
• 11,000 personas heridas que necesitan ser trasladadas a otros países para recibir tratamiento.
• 17,000 niños en estado de orfandad.
• 10,000 pacientes con cáncer enfrentan el riesgo de muerte.
• 700,000 pacientes con enfermedades infecciosas.
• 8,000 casos de infección por hepatitis viral.
• 60,000 mujeres embarazadas en riesgo.
• 350,000 pacientes con enfermedades crónicas sin control y tratamiento adecuado.
• 269 personas secuestradas del personal de salud.
• 12 periodistas secuestrados.
• 2 millones de desplazados.
• 100 escuelas y universidades quedaron completamente destruidas.
• 305 escuelas y universidades parcialmente destruidas.
• 224 mezquitas completamente destruidas.
• 290 mezquitas parcialmente destruidas.
• 3 iglesias atacadas y destruidas.
• 70,000 viviendas quedaron completamente destruidas.
• 290,000 viviendas parcialmente destruidas.
• 70,000 toneladas de explosivos arrojados por Israel.
• 32 hospitales fuera de servicio.
• 53 centros de salud fuera de servicio.
• 155 instituciones de salud parcialmente atacadas.
• 126 ambulancias destruidas.
• 200 sitios arqueológicos y patrimoniales destruidos.
• Un total de 130 trabajadores humanitarios de la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados Palestinos (UNRWA) han sido asesinados.
Durante el mes de marzo, las tropas israelíes incursionaron en los alrededores del Hospital Al-Shifa en Gaza, dejando destrucción y devastación a su paso, además de enfrentar denuncias escandalosas sobre violencia sexual. Según la cadena de televisión Al Jazeera, varios testigos presenciales han relatado que los soldados israelíes «secuestraban, violaban y ejecutaban a mujeres en las inmediaciones del hospital”. El uso de la violencia sexual contra las mujeres palestinas es una parte integral de la historia política del estado sionista desde su fundación en 1948. Historiadores como Ilan Pappé han documentado que, durante la fundación del estado de Israel, el ejército participó en numerosas violaciones, tanto en grupo como individuales, contra mujeres palestinas. En este contexto, se destaca la trágica historia de una joven palestina que fue secuestrada y violada en el Néguev por unos 20 soldados israelíes, como parte de una celebración, y que terminó con su asesinato.
El Consejo de Seguridad de la ONU emitió el lunes 13 de marzo una resolución que solicita un alto al fuego durante el mes de Ramadán, que comenzó el 11 de marzo. También exige la liberación de 130 rehenes secuestrados en Israel y retenidos en Gaza, además de hacer hincapié en la necesidad urgente de permitir que una amplia ayuda vital llegue a la población hambrienta del enclave asediado. El Consejo de Seguridad reiteró su exigencia de que se eliminen todos los obstáculos que dificultan la prestación de asistencia humanitaria a gran escala, en consonancia con el derecho internacional humanitario y las resoluciones 2712 (2023) y 2720 (2023).
Sin embargo, los bombardeos han continuado y el genocidio no se detiene. Apenas 24 horas después de la decisión del Consejo de Seguridad que ordenaba el cese al fuego, el ejército de Israel llevó a cabo bombardeos aéreos en Rafah. Las excavadoras israelíes han destrozado la infraestructura en Jenin, en Cisjordania, y la cifra de asesinatos, desapariciones y heridos ha seguido aumentando. «Necesitamos debilitar al ejército en Rafah. Hay que atacar cuando estén cansados y débiles, hay que romperles los huesos. Durante el ayuno del Ramadán es el mejor momento para matarlos, no sentirán compasión por ellos», expresó Almog Cohen, político sionista del parlamento y miembro del partido «Poder Judío», liderado por el Ministro de Seguridad Nacional de Netanyahu. Por su parte, el ex jefe del Estado Mayor del ejército de Israel, Moshe Yalon, señaló: «Netanyahu está dispuesto a sacrificar a los secados por intereses políticos, e Israel está experimentando la crisis más peligrosa desde su fundación». El Ministro de Seguridad Nacional de Israel, Itamar Ben-Gvir, indicó que «La decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas es antisemita y su Secretario General también lo es, y eso solo alienta a Hamás». Por otro lado, el presidente Gustavo Petro manifestó en redes sociales que, debido a que Israel no acató la resolución del Consejo de Seguridad de la ONU, Colombia romperá relaciones diplomáticas con dicho país.
¿Qué espera el mundo para detener el genocidio en Palestina? Seguimos siendo espectadores de la barbarie. Hoy, en el Día de la Tierra de Palestina, es urgente que se detenga el genocidio y se libere a Palestina.

Por: Sofía López Mera, abogada y periodista, defensora de derechos humanos de la Corporación Justicia y Dignidad.

El Espíritu de Joel y su legado en la Justicia Propia

El pasado 9 de marzo, el movimiento indígena perdió a uno de sus más valiosos líderes, Joel Peña Guetio, quien partió hacia el mundo espiritual dejando tras de sí un legado imborrable. Su compromiso con la defensa de los derechos de los pueblos indígenas y su contribución al fortalecimiento de la Justicia Especial Indígena en el departamento del Cauca trazan un camino que deberá recorrerse.

Para quienes tuvimos el privilegio de conocerlo y trabajar junto a él, Joel no solo fue un dirigente indígena Nasa, sino un guía, un sabedor ancestral y un defensor acérrimo de los valores cosmogónicos y las tradiciones de su pueblo. Como jurista del derecho propio, como estudiante de la Facultad de Derecho de la Universidad del Cauca y como docente de la Universidad Autónoma Indígena, trazó un camino firme hacia el reconocimiento y la protección de la Justicia Propia de los pueblos originarios.

El legado de Joel se manifiesta en su incansable labor por caracterizar las justicias propias de los 11 pueblos indígenas que integran el CRIC (Consejo Regional Indígena del Cauca), así como en la estructuración de la Justicia Indígena en sus fundamentos, principios y competencias. Su visión de que la Justicia Propia Indígena sea concebida como un sistema autónomo dentro del CRIC es una apuesta que dejó planteada a consideración de las autoridades tradicionales de la organización.

En un contexto de pluralismo jurídico en Colombia, el valioso aporte investigativo de Joel Peña Guetio constituye una guía esencial para entender y valorar el ejercicio del derecho a la jurisdicción especial indígena y la autodeterminación de los pueblos indígenas. Ofreció claridad sobre las complejidades y riquezas de los sistemas de justicia indígena y un entendimiento más profundo sobre el ejercicio legítimo de la jurisdicción especial indígena, un espacio donde las comunidades definen y aplican sus propias normas, preservando así su identidad cultural y su visión única de justicia, garantizando la continuidad y pervivencia de las comunidades.

Desde los orígenes de la espiritualidad que impregna todos los aspectos de la vida indígena hasta el reconocimiento internacional de los derechos fundamentales de los pueblos indígenas en Colombia a través del convenio 169 de la OIT, el trabajo de Joel desentrañó los fundamentos, principios y estructuras que sustentan la justicia indígena en el CRIC. Se caracterizó por una profunda conexión espiritual que trascendía las fronteras entre el ámbito jurídico y el medicinal. Además de ser jurista del derecho propio, Joel también era un médico tradicional, lo que le otorgaba una comprensión holística de la justicia indígena, integrando los elementos de la naturaleza en su ejercicio.

En sus prácticas espirituales de mambeo y del cateo, Joel no solo veía a la coca como una planta sagrada, sino que comprendía los mensajes de la montaña, el río, la lluvia, la piedra y otros elementos naturales en el ejercicio y compresión de la justicia propia. Esta conexión con la naturaleza enriquecía su visión de la justicia, permitiéndole incorporar los principios de equilibrio, armonía y respeto por la tierra en su trabajo.

Su experiencia como médico tradicional también influyó en su enfoque hacia la estructuración, comprensión y definición de las justicias propias de cada uno de los pueblos indígenas. Joel no solo sistematizaba sus conocimientos dentro del ámbito académico, sino que también los enriquecía con su sabiduría ancestral y su profundo respeto por las tradiciones indígenas.

El legado de Joel en el contexto de los 11 pueblos indígenas que integran el CRIC es un testimonio de su compromiso y dedicación hacia la preservación de la cultura y la justicia propia de estas comunidades. Su profunda investigación ha revelado la intrincada relación que estos pueblos mantienen con la tierra y la espiritualidad, fundamentando su cosmovisión en principios arraigados en la creación y el equilibrio con la naturaleza.

Joel destacó, por ejemplo, cómo los Nasas, organizados en resguardos y asociaciones, han sabido mantener vivas sus tradiciones ancestrales utilizando la Ley de Origen y el Derecho Propio como pilares fundamentales en la resolución de conflictos y en la preservación de su identidad cultural.

En el caso de los Yanaconas, el legado de Joel ha sido fundamental para resaltar su resistencia y fortaleza frente a los procesos de colonización y asimilación. A pesar de las presiones externas, este pueblo ha logrado mantener su cosmovisión y sistemas jurídicos autónomos, guiados por principios como «un solo corazón» y «un solo pensamiento». La investigación de Joel ha permitido entender cómo los Yanaconas, liderados por sus cabildos, ejercen competencias en la resolución de una amplia gama de delitos, desde disputas por tierras hasta violencia de género, utilizando procedimientos participativos que involucran a toda la comunidad en la búsqueda de la armonía y el equilibrio social.

Además, el legado de Joel ha puesto en relieve la importancia de la estructura política y jurídica de los Eperara-Siapidara, un pueblo arraigado en la costa pacífica colombiana. Su investigación ha resaltado cómo este pueblo ha sabido preservar su identidad cultural y su conexión con la naturaleza a pesar de las presiones externas, como el conflicto armado y la explotación de recursos naturales. Gracias a su trabajo, se ha podido comprender mejor la importancia del idioma propio y las autoridades tradicionales en la resolución de conflictos y en la búsqueda del Vivir en Alegría en el pueblo Eperara-Siapidara.

Por último, el estudio de Joel sobre el pueblo Ampiuile destaca cómo han forjado su identidad cultural y su autonomía a lo largo del tiempo, enfrentando desafíos y luchando por la preservación de su territorio ancestral. Reconociendo la importancia de elementos naturales como el agua, la tierra, el sol y el aire, el pueblo Ampiuile busca mantener la armonía y el equilibrio en su comunidad a través de una estructura organizativa que incluye autoridades espirituales, culturales y tradicionales, así como espacios de resolución de conflictos como las juntas de trabajo y la comisaría indígena.

La propuesta de un sistema propio de justicia indígena en el Consejo Regional Indígena del Cauca, liderada por Joel Peña Guetio, adquiere una gran importancia ahora que la organización se encuentra en la vanguardia de una lucha por las garantías de la jurisdicción especial indígena. Esta lucha busca garantizar el reconocimiento y la legitimación efectiva de la jurisdicción especial indígena, tal como lo dispone el artículo 246 de la Constitución Política de Colombia. En este contexto, es necesario exigir garantías para el adecuado funcionamiento de la jurisdicción especial indígena dentro del sistema judicial nacional, al tiempo que se avanza en la consolidación de la propuesta de Justicia Especial Indígena para la Paz. El propósito principal de este enfoque es contribuir a la construcción de la paz en los territorios indígenas, reconociendo la importancia y la legitimidad de los sistemas de justicia propios de estas comunidades en el contexto colombiano.

Es con profundo respeto y gratitud que recordamos a Joel, amigo, maestro y médico tradicional, cuyo legado perdura en las luchas por la justicia propia. Aunque ahora esté en el mundo espiritual, su presencia sigue acompañando y guiando nuestros pasos en este camino.

 

¡Buen viaje Joelito!

Desplazamiento Forzado en Gaza: Un recordatorio de la Nakba

Por: Sofía López, Abogada Defensora de Derechos Humanos y Periodista de la Corporación Justicia y Dignidad

 

En el corazón de la historia palestina surge un término que carga con décadas de tragedia: «Nakba». Este concepto árabe, que significa «catástrofe», conmemora la expulsión y desplazamiento de cientos de miles de palestinos de sus hogares durante y después de la guerra árabe-israelí de 1948. El Nakba se origina en el Plan de Partición de las Naciones Unidas en 1947, que llevó a la creación de Israel en 1948, marcando el inicio de esta tragedia.

Desde entonces, la conmemoración de la Nakba tiene lugar cada 15 de mayo en Palestina y en las comunidades palestinas en todo el mundo. Es un evento significativo en la historia y la memoria colectiva palestina, un recordatorio de la pérdida de hogares, tierras y la diáspora que se desencadenó.

A lo largo de los años, el desplazamiento de palestinos ha sido un tema constante y complejo. El Plan de Partición de 1947 provocó el desplazamiento de aproximadamente 700,000 palestinos, según estimaciones de la UNRWA(Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente). Sin embargo, este no fue un evento aislado, sucesos posteriores han resultado en episodios adicionales de desplazamiento, lo que ha llevado a un alto número de refugiados palestinos en la región. Las cifras exactas pueden variar, pero la cuestión de los refugiados palestinos es una práctica sistemática y generalizada que constituye crímenes de Lesa Humanidad por parte del Estado de Israel.

Recientemente, un documento del Ministerio de Inteligencia israelí ha revelado planes que plantean la expulsión de cerca de dos millones de palestinos de la Franja de Gaza. Estos planes incluyen la creación de «zonas estériles» en el Sinaí y un llamamiento a países como Estados Unidos para apoyar estas medidas. También se sugiere la «absorción de refugiados» por parte de algunos países, como España y Grecia, a cambio de «presupuestos de absorción».

En medio de estos planes, el número de palestinos asesinados por Israel en la Franja de Gaza asciende a 10.569; 4.324 niños; 2.823 mujeres y 649 ancianos. La cifra de heridos es de 26.475 y la de desaparecidos es de 2.550, entre ellos 1.350 niños.

Europa se encuentra en una encrucijada energética desde el estallido de la guerra ruso-ucraniana. Las sanciones internacionales contra Rusia, un histórico proveedor de gas natural, han dejado al continente sediento de fuentes de energía asequibles. En 2022, Europa se sumió en una grave crisis energética sin precedentes, en la que el único beneficiado parecía ser Estados Unidos, que vendía gas licuado a los europeos a un precio un 40% más alto que el ofrecido por Rusia.

La urgencia de encontrar nuevas fuentes de gas natural a precios más bajos que los proveídos por Estados Unidos se ha convertido en una prioridad para Europa. Por esta razón, desde 2022, la Unión Europea ha firmado acuerdos con Israel y Egipto para el transporte de gas natural hacia el viejo continente. Sin embargo, en medio de la escasez de gas en Europa, un recurso poco explorado podría cambiar la dinámica energética en la región: el yacimiento de gas natural conocido como Gaza Marine, ubicado en aguas territoriales palestinas.

Este yacimiento submarino, situado a 600 metros bajo el nivel del mar y a 30 kilómetros de la costa palestina, alberga aproximadamente 30,000 millones de metros cúbicos de gas natural, que representan miles de millones de dólares. La explotación de Gaza Marine podría no solo suministrar electricidad y riqueza a Palestina, sino también emancipar al país de la ayuda humanitaria internacional, sin embargo, la situación se complica debido a disputas sobre los yacimientos de gas y petróleo en la región, como el yacimiento petrolífero de Meged, en la frontera entre Israel y Cisjordania. La ONU estima que este campo representa 67,000 millones de dólares en ingresos perdidos para Palestina, y mientras Israel afirma derechos exclusivos de explotación, la Autoridad Palestina reclama su parte correspondiente.

Esta lucha por el acceso y control de recursos naturales se entrelaza con cuestiones de autonomía y justicia en la región. Palestina, si pudiera explotar sus recursos de petróleo y gas, podría lograr una autonomía que hasta ahora le ha sido esquiva bajo el régimen de apartheid ejercido por el Estado de Israel.

Eduardo Galeano dice: “Las guerras siempre invocan nobles motivos, matan en nombre de la paz, en nombre de dios, en nombre de la civilización, en nombre del progreso, en nombre de la democracia y si por las dudas, si tanta mentira no alcanzara, ahí están los grandes medios de comunicación dispuestos a inventar enemigos imaginarios para justificar la conversión del mundo en un gran manicomio y un inmenso matadero”; esta no es una guerra, se trata de una limpieza étnica, la ocupación de un territorio para apropiarse del petróleo y el gas que le pertenecen a los palestinos.

En este contexto, desde el miércoles 8 de noviembre, miles de familias palestinas del norte de Gaza se desplazaban forzadamente del norte de Gaza. El espectro de otro desplazamiento se cierne sobre la población sitiada y bombardeada, recordando la Nakba de 1948.

Aguas arriba y río abajo: La JEP determinó que el Río Cauca es una víctima del conflicto armado

Por: Corporación Justicia y Dignidad

 

El Río Cauca ha sido testigo de la tenebrosa historia del conflicto social armado en el occidente del país. Si el río Cauca hablara aportaría al esclarecimiento de la verdad de este vertedero de sangre que llamamos Colombia. Se sabe que los indígenas llamaban al río Cauca “Bredunco” y que los colonizadores españoles se referían al río por el nombre de “Río Grande”, Cauca o “Marta”. Lo llamaban río Marta por la referencia bíblica de Santa Marta y María Magdalena, ya que el río Cauca se conecta con el río Magdalena, y en toda la historia han sido considerados ríos hermanos.

El Río Cauca es la principal arteria fluvial del occidente del país, nace en el Macizo Colombiano, en el departamento del Cauca, a una altura aproximada de 3.200 msnm, y desciende siguiendo su curso en dirección paralela a la cordillera Occidental. Tiene una longitud de 1.360 kilómetros y desemboca en el río Magdalena, en el departamento de Bolívar, constituyéndose en su más importante afluente. Atraviesa de sur a norte nueve departamentos, brindando grandes beneficios y servicios ambientales vitales a cerca de 183 municipios; además de ser un corredor multifuncional para la conectividad con Latinoamérica y el mundo.

El Río Cauca jugó un papel importante en la masacre de Trujillo Valle, ocurrida a principios de la década de los 90’s. Esta masacre estuvo a cargo de los paramilitares y narcotraficantes Henry Loaiza, alias “El Alacrán”, Diego Montoya, alias “Don Diego”, y los miembros de la fuerza pública, el mayor retirado del Ejército, Alirio Urueña Jaramillo, el militar Diego Rodríguez Vásquez y el teniente de la Policía Nacional José Fernando Berrío. Las víctimas de esta masacre, que suman cerca de las 300 personas, fueron llevadas hasta una hacienda para ser descuartizadas vivas con una motosierra. Algunos hombres fueron castrados y decapitados para luego ser lanzados a las aguas del río Cauca, a plena luz del día. Este trato inhumano fue el que sufrió el sacerdote Tiberio Fernández Mafla, asesinado el 17 de abril de 1990 y cuyo cuerpo fue recuperado días después en el río Cauca.

Los paramilitares del Bloque Calima de las AUC, al mando de Hever Velosa, alias “HH”, durante el año 2000 y 2001, controlaron militarmente 22 municipios del departamento del Cauca. En el año 2000, de conformidad con la información recibida por la Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalía, cerca de 54 paramilitares de las AUC llegaron provenientes de Tuluá-Valle y se instalaron en las fincas Las Cañas, La Yolanda y Berejonal en límites entre Valle y Cauca. Desde estas fincas los paramilitares realizaron varias incursiones y operaciones militares en los municipios de Jamundí, Buenos Aires, Santander de Quilichao, Suárez, Caloto y Puerto Tejada. Posteriormente los paramilitares instalaron una base de entrenamiento militar en la vereda San Miguel de la Balsa en el municipio de Buenos Aires.

En la Balsa, municipio de Buenos Aires, el Río Cauca fue un punto estratégico para que los paramilitares cometieran asesinatos y arrojaran a muchas personas que hoy en día se consideran en condición de desaparición forzada. Los paramilitares establecieron un retén permanente en el puente La Balsa, sobre el Río Cauca, allí se llevaban a las víctimas amarradas, las paraban sobre la orilla y las fusilaban a la luz pública, el cuerpo caía destrozado a las aguas y nunca más se volvía a saber del cadáver. Así lo indicó el cronista Alfredo Molano en sus relatos.

En el municipio de Santander de Quilichao, en el departamento del Cauca, los paramilitares del bloque Calima, para evitar que los índices de violencia se dispararan y no dejar evidencia de sus crímenes en las calles, decidieron utilizar al río Cauca para encubrir la escalada de violencia. Para ello, sacaban a sus víctimas del casco urbano o de las veredas del municipio y las llevaban a los territorios por donde pasaba el río Cauca y eran de su dominio. Entre ellos se encuentran la vereda Lomitas, en donde instalaron una base. Decenas de cuerpos fueron arrojados al río Cauca y nunca más volvieron a ser vistos. Algunos cuerpos fueron rescatados por que se quedaron atorados en palos o recodos del río.

En la zona de influencia del polémico megaproyecto “Hidroituango” la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), ha determinado que hubo 2.094 desaparecidos de los municipios de Briceño, Cáceres, Ituango, Nechí, Peque, Sabanalarga, Tarazá, Toledo y Valdivia, ubicados en el norte de Antioquia. La JEP determinó esa cifra después de que el Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice) solicitara medidas cautelares para proteger 16 lugares del país donde se cree hay desaparecidos. Se trata de localizar los cuerpos de los desaparecidos bajo el agua, en este caso, poblaciones aguas arriba de la represa sobre el Río Cauca. Se determinó que hay 282 sitios de interés para la búsqueda que están bajo el agua, donde habría 131 personas que desaparecieron cerca del río Cauca.

La JEP determinó que el Río Cauca es una víctima del conflicto armado. La decisión se tomó en respuesta a la petición que presentaron los Consejos Comunitarios Afrocolombianos del norte del Cauca, que han denunciado las graves afectaciones que ha sufrido el río Cauca a causa de su utilización como fosa común, el uso de mercurio para la minería ilegal y el vertimiento de químicos derivados de la producción de sustancias ilícitas por parte de grupos al margen de la ley. Las JEP detalló que entre los años 2000 a 2004 se realizó una conducta sistemática permitida por la fuerza pública, y realizada por grupos paramilitares, que consistió en asesinar personas y arrojarlas al río Cauca para que nunca pudieran ser encontradas. Esto no solo afectó la vida de estas personas, sino también al medio ambiente y vulneró profundamente la relación de decenas de comunidades étnicas con la naturaleza.

A través del Caso 05, relacionado con los hechos de violencia del norte de Cauca y del sur de Valle del Cauca, la JEP escuchó los testimonios de los líderes del Bloque Calima de las AUC. En sus relatos han referido la existencia de alianzas de esa organización con miembros de la fuerza pública que operaban en la región para desaparecer a sus víctimas y arrojarlas al río Cauca. La decisión de la JEP indica que los delitos contra la naturaleza constituyen graves infracciones contra el DIH, que pueden constituir crímenes de guerra. En este sentido, la JEP recordó que: la Norma 43 consuetudinaria del Comité Internacional de la Cruz Roja, establece que existen tres principios generales sobre la conducción de las hostilidades que se aplican al medio ambiente que se vulneran en el caso de crímenes contra la naturaleza:

1) Ninguna parte del medio ambiente natural puede ser atacada, a menos que sea un objetivo militar. 2) Está prohibida la destrucción de cualquier parte del medio ambiente natural, salvo que lo exija una necesidad militar imperiosa. 3) Está prohibido lanzar ataques contra objetivos militares de los que quepa prever que causen daños incidentales al medio ambiente natural, que sean excesivos en relación con la ventaja militar concreta y directa prevista.

Víctima y testigo de tantos y tan graves hechos de abuso y violencia, aguarda el río Cauca, en su infatigable navegar. Aguarda por la intervención de la justicia, por el esclarecimiento de la verdad por tantos años sumergida, por el restablecimiento y la protección de su dignidad y la de todos los pueblos que por siempre han habitado a la vera de una de las dos arterias pluviales más importantes de nuestro sufrido y también esperanzador territorio colombiano.

 

Las masacres de “La Pedregosa” y “La Rejoya”, a consideración de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Por: Sofía López Mera,

Abogada defensora de derechos humanos y periodista

de la Corporación Justicia y Dignidad

En noviembre de 1999, cerca de cincuenta mil personas pertenecientes a organizaciones populares, campesinas y de base, que se congregaron en El Cairo, municipio de Cajibío y en Galíndez, municipios del Patía (Cauca), bloquearon durante veintiséis días la carretera panamericana exigiendo al gobierno la destinación de recursos económicos para atender las necesidades básicas de los habitantes del sur occidente colombiano. En la zona de protesta participaron cerca de doce mil campesinos cajibianos, representando cerca del 20% de las personas protestantes. La movilización generó que el Estado acordará desembolsar 112 mil millones de pesos para la región sur del occidente del país, de los cuales, 13 mil millones serían destinados a programas sociales para el municipio de Cajibío. Sin embargo, a partir del año 2000, la movilización popular fue reprimida por agentes estatales y paramilitares mediante violaciones sistemáticas de derechos humanos contra las personas habitantes del municipio de Cajibío, y a través de la Tercera Brigada y La Brigada Veintinueve del Ejército Nacional, los bloques “Calima” y “Héroes de Ortega” de las AUC, esto, con la constatada la colaboración de hacendados del departamento del Cauca. Los paramilitares del “Bloque Calima” de las AUC, al mando de José Everth Veloza García  (alias “HH”), durante el año 2000 y 2001 controlaron militarmente a 22 municipios del departamento del Cauca. En octubre de 2000, las Farc incursionó en el corregimiento de Ortega (Cajibío), asesinando a 14 personas, quemando varias casas y se desplazando a cerca de 96 familias. En este corregimiento, desde 1977, se creó un grupo de autodefensa campesina tipo paramilitar que se enfrentaba de manera reiterada con la insurgencia. La incursión de las Farc durante el año 2000 llevó a los líderes de ese grupo paramilitar: Lizardo Becoche Pechené y Rubinder Becoche, a realizar acuerdos con la Tercera Brigada y La Brigada Veintinueve del Ejército Nacional, a través de los mandos militares Jaime Canal y Marco Fidel Velandia, quienes proporcionaron equipos de comunicación y ayuda monetaria a los referidos paramiltiares. Luego de recibir apoyo y orientación del Ejército Nacional, acudieron al “Bloque Calima” de las AUC, quienes acordaron brindarle asesoría y entrenamiento militar. Un grupo de alrededor de 40 integrantes de las “Autodefensas de Ortega” se dirigió hacia la zona de La Mosquitera, ubicada entre La Balsa y Santander de Quilichao, en el norte del Cauca, con el fin de recibir entrenamiento militar por parte del “Bloque Calima”.

Después del entrenamiento militar, regresaron hasta Ortega, y en el camino asesinaron a personas señaladas como milicianos o simpatizantes de la subversión. El Grupo del Bloque Calima que ingresó a Ortega y a la zona rural de Cajibío estaba comandando por Chilapo, Nechí y Franco. 

En esta zona permanecieron alrededor de dos semanas antes de retornar al norte del Cauca. Durante este lapso realizaron el denominado “recorrido de la muerte” en la zona rural de Cajibío entre los días 19 al 26 de noviembre de 2000.Asesinaron a nueve personas señaladas de sostener vínculos con la guerrilla, otras fueron torturadas y se presentaron saqueos en negocios de las distintas veredas por las que transitaron. Como resultado de estas acciones se generó desplazamiento de la población hacia el casco urbano de Cajibío, Popayán y Cali.Los primeros hechos ocurrieron el domingo 19 de noviembre, día de mercado, en la vereda El Dinde, donde obligaron a la población a reunirse en la plaza principal del poblado, se presentaron como AUC y tildaron a la población de pertenecer y colaborar con la guerrilla. La población fue encerrada en la vivienda de la señora Virgelina Campo. El campesino Argelino Largacha fue conducido al corregimiento de Ortega en donde fue torturado, le arrancaron las orejas y la nariz. Al día siguiente lo condujeron a la vereda La Diana, en donde fue golpeado con un palo delante de la población y asesinado

El día 16 de noviembre de 2000, el comandante de policía del Municipio de Morales, Jose Vicente Ortiz Murcia, fue informado sobre la presencia de grupos paramilitares en algunas zonas aledañas al municipio y que se dirigía al vecino municipio de Cajibío en dirección a la vereda La Pedregosa. Estos hechos fueron informados por el comandante de Policía al alcalde del municipio de Morales, el señor Silvio Villegas Sandoval, mediante oficio fechado el 16 de noviembre de 2000, y radicado con el No 213. El 20 de noviembre, en la ciudad de Popayán, las autoridades civiles, militares y policiales, convocaron a un consejo de seguridad para evaluar la situación de orden público en el departamento. En dicho consejo de seguridad, el señor alcalde del municipio de Morales Silvio Villegas Sandoval, señaló con claridad sobre la presencia de grupos paramilitares en su municipio y la movilización de estos grupos criminales hacia las zonas rurales del vecino municipio de Cajibío.

 

 

El 22 de noviembre, los paramilitares arribaron al corregimiento El Carmelo (Cajibío), donde cometieron una masacre. En este lugar, amarraron y se llevaron a los campesinos Alcibiades Camayo, Yonir Campo y Jaime Rojas hasta un paraje solitario en frente del cementerio y a las 7:30 a. m. los asesinaron. Los paramilitares pintaron con aerosol una volqueta y las paredes de algunas viviendas del lugar con las siglas «AUC» – «ACCU» y las consignas «fuera guerrilla» y «muerte a sapos guerrilleros». Le prendieron fuego a la vivienda de Manuel Valencia e ingresaron a algunas viviendas, hurtaron dinero, enseres y saquearon las tiendas de abarrotes del corregimiento

De acuerdo con la las versiones rendidas por los paramilitares en “Justicia y Paz”, los se marcharon de El Carmelo y en Casas Bajas tuvieron enfrentamientos con la guerrilla. En la confrontación resultó asesinado un integrante del Bloque Calima y heridos otros dos. Debido a esto, el comandante “Chilapo” dio la orden de repliegue hacia la vereda La Laguna en donde permanecieron hasta el 23 de noviembre. Cerca de las 6 de la tarde del día 23 de noviembre, el grupo, de alrededor de 70 paramilitares se desplazó hacia el corregimiento de la Pedregosa. Llegaron a la vereda Santa Catalina, a la vivienda del señor José Vicente Camayo, a quien encerraron en una de las habitaciones, requisaron la casa y retuvieron a sus hijos Eris Arturo y Diego Arnulfo Camayo Guetio, quienes fueron amarrados y torturados. Al otro día 24 de noviembre, prosiguieron el recorrido con los civiles retenidos. En la entrada del poblado de la Pedregosa instalaron un retén ilegal e  incineraron varios vehiculos. 

En el lugar del retén retuvieron a los campesinos Adolfo Benalcázar y Luis Germán Valenzuela, quienes llegaron procedentes de la vereda Buena Vista en una motocicleta. Los paramilitares les pidieron los documentos de identificación y una vez verificados Germán Valenzuela le preguntó a los paramilitares si podían seguir, uno de los paramilitares le dijo que no y Germán contestó: «por qué no me dejan seguir si estamos en un país libre», los paramilitares se molestaron con la afirmación de Germán y de inmediato lo amarraron, lo golpearon y estando vivo le quemaron la cara con ácido. La motocicleta de Germán fue incinerada. Posteriormente retuvieron al señor Dagoberto Velasco Chaguendo y a su padre el señor Silvio Velasco y los unieron al grupo de Germán Valenzuela, Adolfo Belalcázar, Eris Arturo Camayo, Diego Arnulfo Camayo y Bernardo Valencia. A las personas retenidas las amarraron de pies y de manos y las trasladaron unos 120 metros adelante, cerca de la capilla del corregimiento. El señor Adolfo Belalcázar pudo escapar aprovechando la confusión que generó el inicio de un ataque de la guerrilla a los paramilitares, quienes optaron por esconderse en las viviendas de la población y responder desde allí a los ataques. Bernardo Valencia y Silvio Velasco lograron escapar entre los matojos, en tanto el enfrentamiento armado continuaba. A Dagoberto Velasco Chaguendo,  Germán Valenzuela, Eris Arturo Camayo y Diego Arnulfo Camayo fueron asesinaron en la iglesia del poblado por los paramilitares.

Durante todo el día y luego de ocurrida la masacre los paramilitares sostuvieron combates con la guerrilla que operaban en el sector. Debido a la intensidad de los enfrentamientos, el grupo paramilitar recibió refuerzos paramiltiares desde el norte del Cauca. Durante el enfrentamiento armado, los paramilitares recibieron apoyo terrestre de unos 30 hombres del Ejército Nacional, quienes entraron por la vereda de Santa Catalina y apoyo aéreo por medio de helicóptero de la fuerza aérea.

Los cuerpos sin vida de Dagoberto Velasco Chaguendo, Germán Valenzuela , Eris Arturo Camayo, y Diego Arnulfo Camayo fueron levantados por la comunidad solo hasta el día 25 de noviembre.  El último hecho violento contra la población civil se presentó en la vereda La Laguna, entre el 25 y 26 de noviembre. Allí procedieron a retener, torturar y asesinar al señor Miguel Ángel Campo Astaíza. La masacre de la Rejoya Ocurrió el 15 de enero de 2001, poco tiempo de las incursiones paramilitares en Cajibío. Las víctimas se movilizaban en una “chiva” entre Popayán y el corregimiento de Rosario (Cajibio), y fueron señalados como milicianos de la guerrilla por un soldado del ejército nacional de apellido Zapata, por otro hombre de apodado “Rayo”, por alias “La Gorda”, ex guerrillera que pasó a hacer parte de las filas del Bloque Calima, y por algunos paramilitares de Ortega. 

Fueron asesinados 10 campesinos entre los que se encontraban dos menores de edad, las víctimas fueron: Absalón Troyano Victoria, Carlos Chantre Peña, Florencio Flórez Mesa, Hugo Idobro Ledezma, José Luis Campo Imbachí, Juan Carlos Velasco Orozco, Luis Alberto Muñoz Imbachí, Oveider Mosquera, Rubén Darío Sánchez Urmendez y Wilmer Camayo Montenegro.  Los paramilitares y el hombre que señalo a las víctimas salieron en huida del lugar por entre el rastrojo que rodeaba la vía. Llama la atención que no alcanzaron a pasar cinco minutos de los hechos y llego el ejército a acordonar la zona y a realizar las supuestas labores de custodia de la escena del crimen.

Los paramilitares que participaron de los hechos, postulados en “Justicia y Paz” confesaron que llegaron a la hacienda La Adelita, propiedad de Juan José Ayerbe, hacendado de la ciudad de Popayán, donde prepararon el retén paramilitar e ingresaron las armas. Una vez cometida la masacre llegaron a dicha hacienda y se escondieron, horas más tarde en un automotor de la hacienda los sacaron hasta la ciudad de Popayán. Los paramilitares de Ortega Lizardo Becoche, Rubinder Becoche y Jairo Guachetá participaron activamente en la planeación de la masacre de la Rejoya en coordinación con alias La Gorda y Albeiro (Ómar). Estos actos preparatorios se dieron en los barrios San José y 31 de marzo de la ciudad de Popayán.

El día 20 de enero de 2001, el periódico EL LIBERAL de la ciudad de Popayán señaló que el jefe paramilitar CARLOS CASTAÑO, mediante misiva al defensor del Pueblo, reconocía su participación en los hechos de la masacre de la Rejoya. El comandante paramilitar alias “HH”, confesó que la masacre de la Rejoya se hizo en coordinación con el comandante del Gaula de ese entonces.

Luego de 22 años de ocurrencia de estas masacres surgen muchas preguntas: ¿Por qué el reconocido hacendado de la ciudad de Popayán Juan José Ayerbe sigue en libertad? ¿Por qué los militares Jaime Canal y Marco Fidel Velandia, que se relacionaban con comandantes paramilitares de Ortega nunca fueron llamados ni siquiera a declarar en los procesos? ¿Por qué jamás se individualizaron ni identificaron los militares Rayo, Zapata y Huila que participaron en la masacre de la Rejoya? ¿Por qué jamás se identificaron a los militares que prestaron apoyo terrestre y aéreo a los paramilitares del bloque Calima y de Ortega cuando fueron incursionados por la guerrilla luego de cometida la masacre de la Pedregosa? ¿Por qué jamás ha sido objeto de investigación la inoperancia de los funcionarios de seguridad del Estado, que sabían de la llegada de los paramilitares al municipio de Cajibío y que participaron de los consejos de seguridad? Estas preguntas y muchas más no han sido resueltas.

Pese a lo anterior, La Comisión Interamericana de Derechos Humanos -CIDH-, mediante informe No. 68/23 notificado el día 29 de junio de 2023, aprobó la admisibilidad del caso de la masacre de La Pedregosa ocurrida en el municipio de Cajibío, departamento del Cauca. Es importante resaltar que mediante informe No. 240/20, también admitió el caso de la masacre de la Rejoya. Los casos de las masacres de la Rejoya y la Pedregosa fueron declarados como crímenes de lesa humanidad por la Fiscalía General de la Nación desde el año 2020. Estas decisiones de carácter nacional e internacional constituyen una posibilidad para el restablecimiento de los derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación integral de las víctimas, familiares de las víctimas y de las comunidades campesinas de Cajibío que fueron afectadas. Principalmente, nos sirve para esclarecer los hechos de la violencia paramilitar y la responsabilidad del Estado de Colombia en el recorrido del horror, muerte y barbarie que dejó a su paso los grupos paramilitares, “Bloque Calima” y “Héroes de Ortega” de las AUC. La esperanza de justicia se tiene en la decisión que de fondo pueda proferir la honorable Comisión Interamericana de Derechos Humanos, ante la incapacidad que tiene el Estado de Colombia de investigar y sancionar graves violaciones a los derechos humanos.

LA CORTE PENAL INTERNACIONAL ES UNA POSIBILIDAD DE JUSTICIA PARA LAS VICTIMAS

Por: Corporación Justicia y Dignidad

Los antecedentes de la Corte Penal Internacional (CPI), datan de 1919, después de terminada la Primera Guerra Mundial, cuando los países victoriosos quisieron juzgar al Káiser Guillermo II de Alemania por el crimen de agresión. El estallido de la revolución en una Alemania debilitada por la guerra lo obligó a exiliarse en Holanda, donde adquirió un castillo en el que viviría hasta su muerte. El Tratado de Versalles de 1919, con el que se puso fin a la Primera Guerra Mundial, estableció que el Káiser Guillermo II debía ser sometido a pública acusación por el delito de agresión ante un tribunal, conformado por jueces pertenecientes a las principales potencias, pero la reina Guillermina de Holanda, impidió que se realizará el juicio cuando rechazó su extradición. Después de la Primera Guerra Mundial se hizo visible la necesidad de adoptar y crear un código, y un tribunal penal internacional.

Un precedente más inmediato se encuentra en los tribunales internacionales establecidos en Núremberg y Tokio. Al finalizar la Segunda Guerra Mundial, los países vencedores firmaron, en Londres el 8 de agosto de 1945, el acuerdo para el procesamiento y el castigo de los grandes criminales de guerra del eje Europeo. Mediante dicho acuerdo se crearon los tribunales internacionales para juzgar a los altos dirigentes políticos y militares de Alemania y de Japón. El Tribunal Militar de Núremberg condenó a pena de muerte a doce lideres nazis, hubo siete sentencias de encarcelamiento, tres sobreseimientos (suspensiones de procesos) y se declaró con el título de criminales a tres organizaciones. En el Tribunal Militar Internacional para el Extremo Oriente, con sede en Tokio, condenó a pena de muerte a siete jefes y altos cargos militares japoneses e impuso penas privativas de la libertad a otros dieciocho acusados.

En 1948, las Naciones Unidas consideraron por primera vez la posibilidad de establecer una corte internacional permanente para enjuiciar el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y la agresión. Por los diferentes conflictos internacionales que generó la guerra fría entre Estados Unidos y la URSS esta tarea se vio suspendida por décadas. Pero en la resolución 260 del 9 de diciembre de 1948 se adoptó la Convención sobre la Prevención y Sanción del delito de Genocidio. En 1992, la Asamblea General de Naciones Unidas solicitó a la Comisión de Derecho Internacional, la preparación de un proyecto de estatuto de una corte penal internacional. En 1993, tuvieron lugar crímenes de lesa humanidad y de genocidio en Yugoslavia, por lo que se estableció el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia. El Tribunal Penal Internacional para Ruanda fue creado por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas el 8 de noviembre de 1994, con el fin de perseguir, arrestar, juzgar, condenar y ejecutar a los autores o promotores del genocidio ruandés.

La Comisión de Derecho Internacional completó su trabajo en el proyecto de elaboración del estatuto para una corte penal internacional y en 1994 fue sometido a la Asamblea General. La Asamblea General estableció el comité ad hoc (comité excepcional) para el establecimiento de una Corte Penal Internacional. El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional fue adoptado el 17 de julio de 1998; por 120 votos a favor, 7 en contra y 21 abstenciones, para ser abierto inmediatamente a firma.

La Corte Penal Internacional- CPI es un tribunal permanente de justicia internacional cuya misión es juzgar a las personas acusadas de cometer crímenes de genocidio, de guerra, de lesa humanidad y de agresión. La Corte empezó a funcionar el 1 de julio del 2002, una vez entró en vigor el Estatuto de Roma, su tratado constitutivo.

La CPI puede actuar en cualquiera de los 120 países que suscribieron y ratificaron el Estatuto de Roma, o por otros Estados que hayan aceptado su jurisdicción o a solicitud de Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. Solo puede juzgar a personas naturales mayores de 18 años, no juzga Estados, ni personas jurídicas como Empresas o Multinacionales. Investiga los crímenes tipificados en el Estatuto de Roma cometidos después 1 de julio de 2002 para genocidio, crímenes de guerra y lesa humanidad, a partir del 17 de julio de 2018 para el crimen de agresión o a partir del momento de ratificación del Estatuto de Roma por parte de algún Estado.

El 5 de agosto de 2002, el expresidente Andrés Pastrana ratificó el Tratado de Roma, pero dejó consignada la salvedad prevista en el artículo 124, es decir, que la CPI tiene competencia en Colombia desde que entró en vigor el tratado de Roma, desde el 1 de noviembre de 2002 para los crímenes de Lesa Humanidad y Genocidio, pero no tendría competencia para investigar los Crímenes de Guerra. Esta excepción se estableció por un periodo de siete años comprendidos entre el 1 de noviembre de 2002 y el 1 de noviembre de 2009, y se realizó con la aspiración de facilitar un proceso de negociación de paz con los grupos subversivos en Colombia.

La CPI complementa los sistemas de justicia nacionales y solo se puede activar cuando un Estado no está dispuesto a impartir justicia o no puede hacerlo. Busca sancionar a los más responsables de los crímenes de competencia del Estatuto de Roma, escuchando y brindando protección a las víctimas, garantizando su participación en todas las etapas del proceso, y de igual manera, velando por su seguridad e integridad física y psicológica.

La CPI está conformada por cuatro órganos principales: la Presidencia, las Salas (que a vez se subdividen en Salas de Cuestiones Preliminares, la Sección de Primera Instancia y la Sección de Operaciones), La Fiscalía y la Secretaria. Además, cuenta con la asamblea de Estado partes del Estatuto de Roma y el Fondo fiduciario.

La denuncia sobre una situación en donde se haya cometido uno o varios de los crímenes de competencia de la CPI la puede realizar un Estado Parte o el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. El Fiscal también puede iniciar de oficio una investigación, debiendo solicitar autorización a la Sala de Cuestiones Preliminares. Cuando la Fiscalía llegue a la conclusión de que existe fundamento suficiente para abrir una investigación, presentará a la Sala de Cuestiones Preliminares una petición de autorización para ello, cuando la Sala considere que hay fundamento suficiente para abrir una investigación y que el asunto es de competencia de la Corte, autorizará el inicio de la investigación.

Desde junio de 2004, la situación en nuestro país fue objeto de un examen preliminar por parte de la Oficina del Fiscal de la CPI con autorización de la Sala de Cuestiones Preliminares, centrado en crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. Durante 17 años, las organizaciones de la sociedad civil enviaron permanentemente comunicaciones sobre la situación de nuestro país en lo relacionado a la comisión de crímenes de lesa humanidad. En el marco de este examen preliminar, la anterior Fiscal de la CPI, Fatou Bom Bensouda, emitió informes públicos en donde destacó la existencia de prácticas sistemáticas y generalizadas de ejecuciones extrajudiciales en la modalidad de “falsos positivos”, al menos en varias brigadas militares en Colombia. Así mismo, mediante la figura del “Amicus Curie” (que traduce: amigos de la corte) ante la Corte Constitucional Colombiana, cuestionó el diseño de la Jurisdicción Especial Para La Paz (JEP) en lo relativo a la investigación y sanción de los más responsables de la comisión de crímenes de competencia de la CPI.

Las organizaciones de la sociedad civil aspiraban que la apertura formal de un caso ante la CPI se diera al menos en tres líneas: la primera, relacionada con el paramilitarismo, la segunda relacionada con las ejecuciones extrajudiciales y demás crímenes cometidos por la fuerza pública, y la tercera, enfocada al juzgamiento de los crímenes de guerra de las guerrillas. Con la firma del acuerdo de Paz del 2016 se crea la JEP y en virtud del principio de complementariedad, los crímenes cometidos por las guerrillas y la fuerza pública, son investigados por esta jurisdicción sin que pueda ser remplazada por la jurisdicción de la CPI y con el compromiso de que los derechos de las víctimas se vean restablecidos. Es importante anotar que hasta la fecha a ninguna víctima se le ha restablecido sus derechos en los tramites que adelanta la JEP.

El 28 de octubre de 2021 y por lo ya mencionado, el nuevo Fiscal de la CPI, Karim Khan, concluyó cerrar el examen preliminar de los crímenes bajo competencia de la Corte cometidos en Colombia. Es decir, como ya existía una jurisdicción especializada para investigar los crímenes de la fuerza pública y las guerrillas, entonces se cerraba el examen preliminar. Pero a la fecha nada se ha dicho sobre los crímenes de los paramilitares que se encuentran en la absoluta impunidad. El cierre del examen preliminar para Colombia significa que miles de víctimas de crímenes bajo la jurisdicción de la CPI se vean privadas de conocer la verdad y obtener justicia.

Con las declaraciones reveladoras del ex jefe paramilitar Salvatore Mancuso, quien actúa ante la JEP como testigo (ya que esta Jurisdicción no tiene competencia para investigar y sancionar la responsabilidad de los crímenes cometidos por los paramilitares), sumado a la inoperancia de los tramites surtidos en Justicia y Paz (trámite de la ley 975 de 2005 para juzgar a los paramilitares, que no funcionó porque los altos mandos paramilitares fueron extraditados y los que no están extraditados ya están en libertad y otros conforman las filas del clan del golfo y de las disidencias de las Farc), por todo esto, sumado a la muy conocida ineficiencia de la justicia ordinaria, se abre la posibilidad de que el presidente Gustavo Petro solicite con apoyo de las organizaciones de la sociedad civil la reapertura del examen preliminar, al menos en lo que tiene que ver con el fenómeno del paramilitarismo y con personas que no pueden ser juzgadas por la Jurisdicción Especial para la Paz. La JEP está diseñada solamente para juzgar y actuar en los casos de guerrilleros, miembros de la fuerza pública y funcionarios del Estado o políticos vinculados al conflicto. Podrán acudir terceros únicamente de forma voluntaria. La JEP no puede investigar los crímenes de los expresidentes, presidentes, ni terceros que no tengan voluntad de acudir a la JEP. Entonces frente a los crímenes cometidos por estas personas sí tendría competencia la CPI.

No son tan ciertas las afirmaciones realizadas por Karim Khan, el Fiscal de la CPI que nos visitó recientemente, de que no pueda abrirse un examen preliminar para Colombia, que no exista voluntad política del organismo es diferente. El presidente Gustavo Petro, respaldado por las víctimas, puede solicitar la reapertura del examen preliminar ante la CPI, para que se investiguen los crímenes de lesa humanidad que no serán objeto de investigación por la JEP tales como el paramilitarismo o los crímenes de lesa humanidad cometidos por altos funcionarios del Estado. Con el acuerdo de colaboración de la Corte Penal Internacional y la JEP, y la apertura de la oficina de la CPI en Colombia se verificará que en efecto muchos crímenes están en la impunidad y se abre la posibilidad de justicia real para las víctimas.

Tres años sin saber de Narly Gómez Jiménez

Por: Sofía López Mera Abogada defensora de Derechos Humanos   Corporación Justicia y Dignidad.

¿Dónde está Narly?, es la pregunta que nos hacemos incansablemente. Familiares, amigos, acompañantes, organizaciones sociales y de mujeres, al igual su pequeña hija, quien desde los cinco años le sigue escribiendo cartas de amor en días de la madre y en los días de cumpleaños, esperando, al igual que nosotros, por su regreso. ¿Dónde está Narly?, le preguntamos al Estado Colombiano a través de derechos de petición dirigidos a la Cancillería Colombiana y de informes radicados ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, sin que se obtenga respuesta efectiva. Han pasado tres años exactos desde la desaparición forzada sin saber del paradero de la víctima y el caso se encuentra en la más absurda impunidad.

Narly Gómez Jiménez fue desaparecida forzadamente el día 27 de enero de 2020 y la última persona con quien fue vista fue su excompañero sentimental, padre de su hija, el militar Ever Yobany Muñoz Imbachí, en zona rural de Popayán. Ever Yobany era soldado profesional adscrito al Grupo de Caballería Liviano Meteoro.  El día señalado, Narly y su menor hija se trasladaron a un colegio para realizar diligencias de matrícula para la menor (última imagen en video de Narly registrada por una cámara de seguridad cerca de la institución educativa). Posteriormente y por averiguaciones de la familia se supo que Narly, Ever Yobany y su hija se trasladaron a una zona rural de Popayán a ver unos lotes.

La niña manifestó posteriormente que el día de los hechos su papá se había ido con su mamá y que la dejó encerrada en “una casa de paredes de tierra” y “luego llegó sólo y con los brazos manchados de sangre”. Otros testimonios que obran en el proceso penal indican que la pareja bajó discutiendo en dirección a un río y que de regreso el militar subió mojado, sin camisa y bastante asustado. Ever Yobany se trasladó en una camioneta alquilada, hasta el corregimiento de Guachicono (municipio La Vega), junto a su hermana Ruby Muñoz. En este lugar pretendieron regalar a la niña a unos familiares quienes no quisieron recibirla porque no tenía autorización de Narly. Por ello, la niña fue dejada donde la madre de Ever Yobany, posteriormente la abuela paterna les entregó la menor a los familiares de Narly.

Narly Gómez Jiménez, desaparecida forzadamente el día 27 de enero de 2020

Por este caso, el día el 22 de abril de 2020, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos – CIDH le otorgó medidas cautelares tras considerar que se encuentran en situación de extrema gravedad e instó al Estado colombiano a actuar inmediatamente ordenando medidas para dar con su paradero. Desde el 16 de diciembre de 2019, ante la fiscalía Narly, había denunciado al militar sobre la violencia intrafamiliar de la que venía siendo víctima, nadie protegió a Narly a pesar de que ella denunció oportunamente y Narly finalmente se encuentra en situación de desaparición forzada.

Los familiares de Narly han realizado búsquedas sin institucionalidad en la zona rural de los municipios de Timbío y Rosas apoyados por la solidaridad de vecinos, amigos y lideresas sociales que buscan a los desaparecidos en el Cauca. Las Fiscalía Primera Especializada y La Fiscalía séptima especializada demoraron por nueve meses una orden de captura contra el presunto responsable, y posteriormente informaron que el militar habría sido asesinado en extrañas circunstancias en el departamento del Huila. Luego de exigir pruebas de ADN para la efectiva identificación del militar, ahora la Fiscalía Primera Especializada presiona para la preclusión y archivo de la investigación. Se teme que con el archivo de la investigación el caso forme parte de los anaqueles polvorientos en donde no es posible el restablecimiento de los derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación para las mujeres victimas de las violencias basadas en género.

De nada sirvió que el caso este en conocimiento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, ni que se adelanten reuniones de concertación de alto nivel coordinadas con la Cancillería Colombiana, ya que la Fiscalía General de la Nación y los funcionarios judiciales en el departamento del Cauca no conocen del derecho internacional de los derechos humanos, ni de los mecanismos internacionales de protección, adelantando procesos sin el cumplimiento de los principios de la debida diligencia y sometiendo a los familiares de las víctimas a procesos de revictimización con graves consecuencias emocionales. Que difícil ha sido que el director seccional de fiscalías de Popayán, en el marco del pronunciamiento internacional, pueda enviar el proceso a una fiscalía especializada destacada en género o a una unidad para las violaciones a los derechos humanos. Igualmente, que la fiscalía titular ordene búsquedas especializadas con personal idóneo. Las búsquedas de Narly por parte de las instituciones judiciales del Cauca no pasaron de ser formatos digitalizados y promesas para el diseño de rutas que jamás se conocieron ni se recorrieron. Los familiares de Narly siguen buscando sin institucionalidad a su ser querido en condición de desaparición forzada.

Mientras tanto, en la actualidad, en un ambiente hostil y de total desprotección bajo la amenaza y el acoso, mediante llamadas telefónicas a través de abogados inescrupulosos, los familiares del militar Ever Yobani Muñoz quieren apoderarse de lotes, motocicletas, acreencias laborales que en vida le pertenecieron al Militar.

¿Dónde está Narly? rezan varios carteles y fotografías sostenidos por familiares y amigos que hacen un plantón en el parque Caldas de la ciudad, a los tres años de su desaparición forzada.

A seis años de la masacre de Rozo, cometida por efectivos del batallón Codazzi de Palmira, el 5 de agosto de 2008, es claro que la unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía de Cali, es una pieza más del engranaje de impunidad en los “falsos positivos”

Palmira, Valle 5 de agosto de 2014

Doctor
EDUARDO MONTEALEGRE LINNET
FISCAL GENERAL DE LA NACION
BOGOTA D.C.

Respetuoso Saludo.

A seis años del asesinato a sangre fría de JOHNNATAN BEDOYA SIERRA, JOSE RAMIRO ORTEGA CONCHA, OSCAR IVAN CAMACHO, JULIO CESAR SOLIS ECHEVERRY y EDGAR ANDRES MAZUERA, el 5 de agosto de 2008, por militares del Batallón de Ingenieros Coronel Agustín Codazzi de Palmira-Valle, dos cosas están absolutamente claras:

Una, que el quíntuple homicidio de los humildes jóvenes de entre 17 y 25 años de edad, es parte de una siniestra práctica de agentes de seguridad del Estado, para mostrar resultados operacionales. La SALA DE CASACIÓN PENAL de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA[1] al citar la Relatoría Especial de Naciones Unidas para las Ejecuciones Extrajudiciales, reconoce que:

“En efecto, tal como lo señaló el Relator Especial de Naciones Unidas, los “falsos positivos” correspondieron a una práctica frecuente y generalizada en Colombia; en el Informe publicado el 27 de mayo de 2010 por Philip Alston, Relator Especial de Naciones Unidas para las Ejecuciones Extrajudiciales, luego de su visita a Colombia en junio de 2009, refirió que existe “un patrón de ejecuciones extrajudiciales”, y añadió: “Mis investigaciones encontraron que miembros de las fuerzas de seguridad de Colombia perpetraron un número significativo de ejecuciones extrajudiciales en un patrón que se fue repitiendo a lo largo del país”. “Aunque estos asesinatos no fueron cometidos como parte de una política oficial, encontré muchas unidades militares comprometidas con los llamados „falsos positivos‟, en los cuales las víctimas eran asesinadas por militares, a menudo por beneficio o ganancia personal de los soldados”, “generalmente las víctimas fueron atraídas bajo falsas promesas por un reclutador hasta una zona remota donde eran asesinadas por soldados, que informaban luego que habían muerto en combate y manipulaban la escena del crimen” (subrayas fuera de texto).)

Es evidente que el crimen de Rozo lo cometieron los militares, infringiendo los protocolos y la propia doctrina militar legal.

Así se desprende de los espurios documentos militares que sustentan la aparente legalidad del operativo con que el organismo castrense pretendió ocultar la verdad. La Misión Táctica Fragmentaria “191 AGUIJÓN” de 4 de agosto de 2008, firmada por el comandante del Batallón Codazzi, Teniente Coronel ROBERTO EDUARDO TORRES ARCINIEGAS –que consta de 3 folios-, se fundamentó en el informe de inteligencia No. 22 del mismo 4 de agosto de 2008 -que consta de dos folios- firmado por el teniente CAMILO ANDRES CHAVARRO CORREA, Oficial S-2. Al leer, tanto el informe de los hechos como el informe de patrullaje de 7 de agosto de 2008, firmado por el Capitán YIMY ALBERTO GUERRERO ALVAREZ, es fácil observar un contundente hecho que devela la protuberante ilegalidad del infame operativo “191 AGUIJÓN” que segó la vida a los cinco jóvenes: El Teniente CAMILO ANDRES CHAVARRO CORREA, Oficial S-2, participó directamente en el operativo, al mando de un sargento viceprimero y 16 soldados profesionales. Práctica totalmente contraria a la doctrina militar, como lo confirma el Mayor General CARLOS ARTURO SUAREZ BUSTAMANTE, Inspector General de las Fuerzas Militares, en el radicado 681906000139200800039, (doble homicidio agravado-doble desaparición forzada agravada-peculado por apropiación-falsedad ideológica en documento público, contra coronel WILSON JAVIER CASTRO PINTO y otros), al advertir que “Dentro de las situaciones irregulares encontradas, se tiene que no aplicaron el ciclo de inteligencia… pues la operación fue planeada con base a una información, mas no en inteligencia…Que el sargento como integrante de la unidad de inteligencia, recolector de la información, no podía formar parte de operaciones militares.” [2]

Por el lenguaje empleado en la misión táctica fragmentaria Aguijón 191, es fácil inferir que la misma fue elaborada con posterioridad a los hechos, a pesar de estar fechada el 4 de agosto de 2008. El documento militar suscrito por el teniente coronel EDUARDO TORRES ARCINIEGAS, Comandante Batallón de ingenieros No. 3 Coronel Agustín Codazzi, señala: “MISIÓN: EL BATALLÓN DE INGENIEROS No 3 “CR. AGUSTIN CODAZZI” CON LOS PELOTONES 1° DE LA CP “A” AL MANDO DEL SEÑOR CT GUERRERO ALVAREZ JIMY ALBERTO Y 2° DEL CP “A” MANDO DEL SEÑOR TE CHAVARRO CORREA CAMILO A PARTIR DEL DIA 05-18:00 AGOSTO-08 EFECTÚAN (sic) UNA OPERACIÓN DE NEUTRALIZACIÓN EN EL MUNICIPIO DE PALMIRA CORREGIMIENTO DE ROZO HACIENDA NOHEMI Y MI RANCHITO EN EL VALLE DEL CAUCA CONTRA MIEMBROS DE LAS BANDAS DELINCUENCIALES, ORGANIZACIONES AL MARGEN DE LA LEY “(…) 4. EJECUCIÓN: El señor CT Guerreros Alvarez Jimy Alberto con el 1er y 2do. Pelotones de la Cp “A” efectúan (sic) una maniobra de emboscada lineal ubicando el personal en tres equipos(..) .

Pero los elementos materiales probatorios conocidos por la Fiscalía, son contundentes en demostrar que se trató de una conducta dolosa. El 28 de enero de 2013, radicado 2008-80148, el Sargento JULIO CESAR MAHECHA PRIETO, revela que fue amenazado de muerte por haber conocido los hechos y estar colaborando con la justicia. Mahecha Prieto, declaró “yo tome unas fotos en la bóveda -del Batallón Codazzi- a un revolver, unos changones y una granada. Uno de esos changones lo tenía uno de los muertos que estaba en Rozo Valle el 5 de agosto -de 2008-”.

Por su parte, otro soldado que días antes del crimen vio las armas en la bodega del Batallón, en entrevista en poder de la Fiscalía manifestó: “…Corre peligro mi vida y mi integridad personal, por lo que de ocurrir alguna situación que atente contra mi vida, la responsabilidad es del Ejército Nacional y de quienes están involucrados en el proceso penal en el que rendí declaración, así como de la Fiscalía General de la Nación”

En el mismo sentido, el diario EL TIEMPO[3] reveló la filtración de información que realizó la Fiscalía de derechos humanos de Cali al coronel Anstrong Polanía Ducuara, oficial designado por el Ejército como enlace con la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía. Según EL TIEMPO, el coronel Polanía filtró información reservada de este proceso hacia sus superiores y otras instancias de las Fuerzas Militares. Dice el periódico: “La comunicación enviada por Polanía el 4 de febrero del 2013, al entonces director del Centro de Educación Militar, general Luis Fernando Navarro Jiménez, en la que plantea la urgencia de trasladar a un militar de esa a otra unidad, supuestamente para evitar un escándalo que pudiera poner en riesgo la ayuda que esa escuela castrense recibe de los Estados Unidos. Así, dice la carta del oficial, detectó el caso del soldado MAHECHA PRIETO: «Pudimos evidenciar que está como testigo protegido por parte de la Fiscalía General de Nación y está declarado en contra de miembros de la Fuerza Pública». Y agrega: «Se evidenció que pertenecía a la Esdih (Escuela de DD.HH.), situación que, como en ocasiones anteriores, debe seguir un tratamiento especial pues pone en peligro la certificación de la Escuela por parte de los Estados Unidos, ya que esto iba a salir por los medios pues se trata de los casos de los mal llamados ‘falsos positivos'».

Señor Fiscal, no espere a que suceda otra tragedia para intervenir.

EL ROL DE LA FISCALÍA EN LA IMPUNIDAD

La segunda cosa, que está absolutamente clara a los seis años de la masacre de Rozo, es que las Fiscalías Especializadas de la Unidad de Derechos Humanos de Cali (38 y 41), que conocen del caso, han adelantado descaradamente, ingentes esfuerzos para torcer la investigación, filtrar información privilegiada, omitir sus funciones legales y favorecer a los oficiales, suboficiales y soldados profesionales que cometieron el aleve crimen.

Inicialmente la investigación fue asignada a la Fiscalía 38, que dejó vencer términos legales para acusar y conseguir la ruptura de la unidad procesal, adelantando otra investigación por los mismos hechos en la Fiscalía 41; El día que se efectuó Audiencia imputación de cargos a dos militares implicados, se negó la participación de los representantes de las víctimas. Pese a la existencia de las sólidas evidencias y pese a haberles imputado homicidio agravado, Fiscal 38 y el Juez de Garantías de turno, dejaron en libertad a los imputados; Posteriormente, la hermana del Fiscal 38, ejerció como abogada defensora de uno de los militares involucrados; La propia Fiscalía certifica por escrito que una de las armas que apareció en la escena del crimen, presuntamente portada por una de las víctimas, días antes de la ejecución extrajudicial estaba bajo custodia del Batallón Agustín Codazzi.

Señor Fiscal, en uso de las facultades que le otorga el artículo 250 constitucional, le formulamos urgentemente las siguientes

SOLICITUDES:

  • Que se despoje de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento del presente caso a la Unidad de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de Cali, que haga más gravosa la situación de las víctimas y la sociedad Colombiana. En consecuencia, le pedimos que designe un fiscal adscrito a su Despacho en Bogotá DC, de las más altas calidades éticas y técnicas que permita esclarecer los hechos y propugnar por la sanción a todos responsables, como garantía de no repetición.
  • Que se unifique en una sola investigación los procesos que irregularmente se vienen adelantado por dicha unidad.
  • Que se brinde las garantías suficientes a la vida e integridad personal a los familiares de las víctimas, a los testigos y a los representantes de las víctimas.
  • Que se individualice e identifique a todos los autores materiales y participes de la ejecución extrajudicial y se solicite ante un juez de control de garantías la respectiva orden de captura para su imputación de cargos.

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[1] Corte Suprema de Justicia en Sentencia de 19 de marzo de 2014(SP3382-2014), radicación 40733

[2] Juzgado Tercero Penal del Circuito, Especializado de Bucaramanga con funciones de conocimiento Radicado: 681906000139200800039

[3] Coronel filtró datos reservados de procesos de ‘falsos positivos ‘El oficial, que está activo, era enlace del Ejército en Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía. 6 de marzo de 2014