¡Que Netanyahu y Trump no queden impunes: activemos la jurisdicción universal!!

Cuando las bombas caen sobre ciudades lejanas, parece que la justicia también queda lejos. Los gobiernos hablan de seguridad, de estrategia, de intereses nacionales. Pero debajo de esas palabras hay algo más simple: personas que mueren, familias que desaparecen, escuelas que quedan en ruinas. Frente a esos hechos, muchas veces el sistema internacional parece paralizado. El Consejo de Seguridad de la ONU se bloquea por vetos políticos y las potencias que deberían respetar el derecho internacional son, a veces, las primeras en ignorarlo. Sin embargo, el derecho no termina allí. Existe una idea poderosa que nació después de las grandes tragedias del siglo XX: la jurisdicción universal.
La jurisdicción universal parte de un principio sencillo. Hay crímenes tan graves que no pertenecen a un solo país, sino a toda la humanidad. Genocidio, crímenes de guerra, tortura o crímenes contra la humanidad son delitos que atacan las bases mismas de la convivencia humana. Por eso, cualquier tribunal del mundo puede investigarlos, incluso si ocurrieron en otro país y aunque las víctimas o los responsables no tengan relación con el Estado que juzga. La lógica es clara: cuando un crimen ofende a toda la humanidad, la humanidad entera tiene derecho a buscar justicia.
Esta idea no es nueva ni es solo teoría. Después de la Segunda Guerra Mundial, los Juicios de Núremberg demostraron que los responsables de atrocidades podían ser juzgados aunque fueran líderes de un Estado. Décadas más tarde, un juez español ordenó la detención del dictador chileno Augusto Pinochet por torturas y desapariciones. Pinochet fue arrestado en Londres, y el mundo comprendió que incluso un ex jefe de Estado podía enfrentar la justicia fuera de su propio país. Años después, el exdictador de Chad, Hissène Habré, fue juzgado y condenado en Senegal por crímenes contra la humanidad. La justicia tardó, pero llegó.
Hoy varios países mantienen leyes que permiten aplicar este principio. Tribunales en Alemania, España, Francia, Bélgica, Países Bajos, Suiza o Argentina han investigado casos de genocidio, tortura o crímenes de guerra cometidos en distintos lugares del mundo. Estas investigaciones suelen comenzar con denuncias presentadas por víctimas, organizaciones de derechos humanos o abogados comprometidos con la defensa del derecho internacional.
Cuando las instituciones globales fallan, la jurisdicción universal recuerda algo fundamental: la justicia no pertenece solo a los gobiernos. También pertenece a los pueblos. La historia muestra que muchos procesos internacionales comenzaron gracias al trabajo paciente de periodistas, juristas, activistas y ciudadanos que se negaron a aceptar la impunidad como destino.
Por eso, hoy se hace un llamado a juristas, académicos, defensores de derechos humanos y humanistas de todo el mundo a activar las herramientas que el propio derecho internacional ofrece. La jurisdicción universal existe precisamente para enfrentar situaciones en las que los sistemas políticos se paralizan y los responsables de grandes crímenes pretenden quedar fuera del alcance de la ley. Frente a los graves hechos que hoy conmocionan al mundo, corresponde a la comunidad jurídica internacional explorar y activar estos mecanismos para que líderes como Donald Trump y Benjamin Netanyahu no queden en la impunidad por los crímenes que puedan constituir violaciones graves al derecho internacional humanitario y a los principios fundamentales de la humanidad.
En un mundo donde las guerras atraviesan fronteras, la justicia también puede atravesarlas. Informarse, organizarse y utilizar las herramientas del derecho internacional es una forma de recordar que ningún poder político está completamente por encima de la ley. La jurisdicción universal no es una promesa automática de justicia, pero sí una puerta abierta. Y cada vez que alguien decide empujar esa puerta, la idea de que los crímenes más graves no quedarán impunes vuelve a respirar un poco más fuerte.

Por Justicia & Dignidad / Periodismo independiente e investigativo

El día que mataron al Papa

El sábado 28 de febrero de 2026, Estados Unidos e Israel ejecutaron un ataque militar en Irán que terminó con la muerte del ayatolá Alí Jameneí, líder supremo de la República Islámica: no solo jefe político, sino figura espiritual central para millones.

Para entender la magnitud simbólica, imaginen que una potencia extranjera bombardeara el Vaticano, destruyera la Basílica de San Pedro y asesinara al Papa ante 1.300 millones de católicos. No un atentado aislado. No un fanático solitario. Una operación militar deliberada entre Estados. Eso significaría tocar la cúspide espiritual de una comunidad global.

Jameneí representaba algo equivalente —en proporción simbólica— para millones de fieles chiíes dentro de los casi 2.000 millones de musulmanes del mundo. No era un funcionario administrativo. Era la fusión entre autoridad religiosa y poder político. Cuando se toca esa figura, no se activa solo la geopolítica: se activa la fe.

Desde el punto de vista jurídico, la cuestión es demoledora. La Carta de las Naciones Unidas prohíbe el uso unilateral de la fuerza salvo en legítima defensa inmediata o con autorización del Consejo de Seguridad. La soberanía no es una sugerencia decorativa. La prohibición de ejecuciones extraterritoriales no es retórica académica. El derecho internacional no reconoce la figura del presidente convencido de su propia justicia.

Y, sin embargo, la operación fue ejecutada sin autorización del Consejo de Seguridad y sin declaración formal de guerra del Congreso estadounidense. Eso no es interpretación creativa: es ruptura del marco jurídico que se proclamó después de 1945 para evitar que el mundo volviera a incendiarse.

Aquí aparece la paradoja mayor: el primer ministro israelí, Benjamin Netanyahu, enfrenta una orden de captura emitida por la Corte Penal Internacional por genocidio y crímenes de guerra. No es un rumor; es un proceso abierto en una jurisdicción internacional. Y, aun así, actúa como socio estratégico en una operación de esta magnitud. La legalidad internacional parece aplicarse selectivamente.

Y luego está Donald Trump.

Trump ha declarado en múltiples ocasiones que su brújula es su propia moral y que no respetará el derecho internacional. Esa moral ha estado rodeada de controversias públicas, incluida su aparición en los archivos vinculados a Jeffrey Epstein y señalamientos persistentes que, aunque no hayan producido condenas judiciales firmes, forman parte del debate internacional sobre su conducta. No se trata de insultos; se trata de estándares. En una democracia madura, esas sombras deberían invitar a prudencia, no a expansión militar.

Porque la pregunta no es retórica: ¿qué ocurre cuando la moral privada de un gobernante sustituye al derecho público?

En una civilización coherente, cualquier líder que ordenara la ejecución extraterritorial de un jefe de Estado o figura espiritual sin mandato internacional enfrentaría un escrutinio jurídico severo. En un orden basado en reglas, la fuerza no sustituye al proceso ni la legalidad depende del poder militar del actor. Pero vivimos en la era de la excepción permanente.

Irán ha respondido con furia, como era previsible. Cuando se toca un símbolo espiritual, la reacción no es técnica: es histórica. La región vuelve a tensarse, el Golfo se militariza y las bases estadounidenses se convierten en blancos. La espiral se acelera.

Nos dijeron que era el siglo XXI. Pero cuando la política exterior se guía por impulsos personales y no por normas comunes, regresamos a una versión tecnológica del Medioevo: fe contra fe, poder contra derecho, cruzadas con drones.

El mundo no es un tablero de Monopoly.

Los misiles no son tuits.

Y el derecho internacional no puede convertirse en un accesorio opcional.

Si las normas solo obligan a los débiles, entonces no existe orden internacional: existe jerarquía armada.

Y la jerarquía armada nunca ha sido sinónimo de civilización.

Que los dioses —los de 1.300 millones de católicos, los de casi 2.000 millones de musulmanes y los de quienes no creen en ninguno— nos amparen. Porque cuando el derecho se arrodilla ante la voluntad del poder, la historia no avanza. Retrocede.

Por Justicia & Dignidad / Periodismo independiente e investigativo

El derecho internacional pisoteado, las niñas asesinadas y esa obsesión con el Gran Israel

Otra vez las palabras oficiales se repiten como un cassette rayado: “acción necesaria por seguridad”, “objetivos legítimos”, “defensa frente a amenazas”. Pero la realidad tiene otra forma: cráteres humeantes, familias destrozadas, escuelas convertidas en ruinas.

El 28 de febrero de 2026, durante una ofensiva militar conjunta de Estados Unidos e Israel contra Irán, un misil impactó la escuela primaria femenina Shajareh Tayyebeh, en Minab, al sur de Irán. Según las autoridades de Irán, en ese ataque murieron 148 personas, principalmente niñas que estaban estudiando, y varias decenas resultaron heridas. Las imágenes muestran pupitres aplastados bajo escombros y útiles escolares manchados de sangre.

Este tipo de hechos no son “muertes”, como si fueran estadísticas de tráfico. Son niñas asesinadas. Esa palabra duele porque describe con precisión lo que ocurre cuando una operación que se dice “militarmente necesaria” no distingue entre objetivo combatiente e infancia inocente.

Ese mismo bombardeo formó parte de un ataque más amplio en el que también fue asesinado el ayatolá Alí Jameneí, líder supremo de Irán y autoridad religiosa de enorme peso en su sistema político, como resultado de los mismos ataques militares conjuntos. Y aquí es donde el lector tiene que mirar más allá de los eslóganes.

¿Violación del derecho internacional?

Sí.

La Carta de las Naciones Unidas prohíbe el uso de la fuerza contra la integridad territorial o la soberanía de otro Estado, salvo en casos de legítima defensa ante un ataque armado o con autorización expresa del Consejo de Seguridad de la ONU. No hay indicios públicos ni resolución del Consejo que haya autorizado estos ataques de forma legal.

Además, el Derecho Internacional Humanitario (los Convenios de Ginebra y sus Protocolos) exige tres principios básicos cuando hay conflicto armado:

Distinción: separar a combatientes de civiles.

Proporcionalidad: evitar daños civiles desproporcionados.

Precaución: tomar todas las medidas posibles para minimizar el daño a civiles.

Cuando una escuela llena de niñas es reducida a polvo, esos principios no se cumplieron. Y eso convierte lo que llaman “operación militar” en violación del derecho internacional —posible crimen de guerra si se demuestra que no hubo intención legítima de actuar contra objetivos militares únicamente—.

Entonces, ¿qué hay detrás de esto? La idea del llamado “Gran Israel”: una visión maximalista, inspirada en lecturas históricas y religiosas, que concibe una extensión de influencia o control que va más allá de las fronteras actuales, imaginando un horizonte que abarca desde el Éufrates hasta el Nilo.

Esa visión está vinculada simbólicamente con una idea de dominio regional que no se limita a cuestiones de seguridad, sino que toca recursos naturales, rutas estratégicas y, en última instancia, ambición geopolítica. Y cuando esa ambición se traduce en alianzas militares con Estados Unidos, impulsadas más por intereses de poder y beneficio que por respeto a la ley internacional —como se ha acusado al gobierno de Donald Trump y a Netanyahu—, el resultado es devastador: menores asesinadas, derechos humanos pisoteados y un derecho internacional tratado como adorno retórico.

 

Otra vez el imperio iniciando una guerra, otra vez arrastrando al mundo hacia la barbarie con el pretexto de la seguridad y el orden. Otra vez las niñas convertidas en víctimas de decisiones tomadas en despachos lejanos, donde la pólvora no huele y la sangre no salpica. Otra vez la infancia pagando el precio de la ambición geopolítica. Un imperio que habla de civilización mientras deja escuelas en ruinas y niñas asesinadas no puede reclamar superioridad moral: solo deja tras de sí la marca de la violencia y la vergüenza histórica.

Por Justicia & Dignidad / Periodismo independiente e investigativo

2003: Pastrana en los archivos, Uribe en la Presidencia, la justicia en silencio

En los archivos judiciales del caso Jeffrey Epstein aparecen registros de vuelo correspondientes a marzo de 2003 en los que figura el nombre del expresidente colombiano Andrés Pastrana Arango como pasajero en una aeronave vinculada al círculo de Epstein. Ese dato no proviene de rumores ni de redes sociales. Está consignado en listados incorporados a procesos federales en Estados Unidos y difundidos públicamente.

También existen fotografías divulgadas por medios en las que Pastrana aparece junto a Ghislaine Maxwell, posteriormente condenada por tráfico sexual de menores, vistiendo indumentaria de vuelo asociada a la Fuerza Aérea Colombiana. En entrevistas incorporadas a archivos judiciales, Maxwell relató que durante una visita a Colombia voló un helicóptero y mencionó que se disparó contra un “campamento terrorista”.

Hasta ahora no existe fecha pública verificable ni bitácora oficial divulgada sobre ese vuelo en helicóptero. La única fecha confirmada documentalmente es marzo de 2003, correspondiente al vuelo en aeronave privada.

En marzo de 2003 el presidente de Colombia era Álvaro Uribe Vélez, no Pastrana.

Ese dato no es menor. Es el periodo en el que se intensificaron operaciones militares bajo la política de seguridad democrática. Años después, la justicia colombiana documentó que en ese mismo periodo se produjeron miles de ejecuciones extrajudiciales conocidas como “falsos positivos”: civiles presentados como bajas en combate.

No existe evidencia pública que vincule los hechos documentados en los archivos Epstein con esos crímenes. Decirlo sin pruebas sería irresponsable.

Pero sí es legítimo formular preguntas institucionales.

Si en un relato judicial una persona posteriormente condenada por integrar una red internacional de trata menciona disparos contra un “campamento terrorista” durante un vuelo en Colombia, corresponde verificar:

¿A qué operación se refería?

¿Fue una actividad oficial?

¿Existió autorización formal?

¿Hay registros militares de ese evento?

Y si hubo uso de aeronaves oficiales o acompañamiento institucional, ¿quién autorizó esa operación?

La discusión pública se ha centrado en exigir explicaciones a Pastrana. Puede responder o no. Está en su derecho. La presunción de inocencia lo ampara.

Pero la obligación de investigar no recae en él.

Recae en la Fiscalía General de la Nación.

Colombia ratificó el Protocolo de Palermo y asumió deberes de debida diligencia frente a la trata de personas. Cuando surgen indicios documentados que conectan territorio colombiano, operaciones en Colombia o posibles víctimas colombianas con una red internacional de explotación sexual, el Estado debe verificar.

No investigar también es una decisión.

Y si los hechos ocurrieron en 2003, en plena intensificación de la política de seguridad democrática, la pregunta no es solo para Pastrana. También es para el gobierno de entonces.

¿Se abrió alguna indagación?

¿Se solicitó cooperación judicial a Estados Unidos?

¿Se verificó la naturaleza del supuesto operativo mencionado por Maxwell?

El silencio individual es un derecho.

El silencio institucional es una falta.

Pastrana puede no contestar.

Uribe puede no pronunciarse.

Pero la justicia colombiana sí tiene que responder.

 

Por Justicia & Dignidad / Periodismo independiente e investigativo

Pastrana, Epstein y el silencio de la justicia

Durante años se habló del caso de Jeffrey Epstein como un escándalo sexual protagonizado por un millonario con amistades poderosas. Se insistió en el morbo, en la lista de nombres, en el rumor. Pero lo que muestran los documentos judiciales, las sentencias y los archivos desclasificados es algo más profundo y más grave: Epstein encabezó una estructura que cumple con los elementos jurídicos de una red internacional de trata de personas con fines de explotación sexual. No es una metáfora. Es una categoría legal reconocida por el derecho internacional desde hace más de dos décadas.

El Protocolo de Palermo, adoptado por Naciones Unidas en el año 2000 y ratificado por Colombia, define la trata de personas como la captación, transporte o traslado de personas, mediante abuso de poder, engaño o aprovechamiento de situaciones de vulnerabilidad, con fines de explotación. Cuando las víctimas son niñas, niños o adolescentes, no se exige probar el engaño: basta el hecho del traslado y el fin de explotación. Bajo esa definición, los hechos acreditados judicialmente en el caso Epstein —reclutamiento sistemático de menores, transporte internacional en aviones privados, explotación reiterada y una red de facilitadores— encajan con precisión en la figura de trata internacional.

La condena de Ghislaine Maxwell por tráfico sexual de menores confirmó que no se trataba de un agresor aislado. Existía una red con roles definidos: quienes reclutaban, quienes transportaban, quienes facilitaban los espacios y quienes pagaban para que todo siguiera funcionando. Esa red operó en varios países, utilizó infraestructura privada para cruzar fronteras y se sostuvo durante años gracias al dinero y al silencio. Así operan las redes de trata cuando alcanzan las élites.

Lo que resulta especialmente incómodo es que, dentro de los archivos del caso, aparecen referencias que conectan esa red con Colombia. Existen menciones documentadas de víctimas de nacionalidad colombiana, incluidas menores de edad, cuyos relatos y circunstancias corresponden a patrones clásicos de trata: captación temprana, traslado internacional, explotación prolongada y revictimización a través del silencio. Estos datos no provienen de rumores, sino de documentos judiciales y reportes periodísticos basados en material oficial. Colombia no fue un territorio ajeno ni marginal en esta historia.

El país, además, es reconocido como expulsor de víctimas de trata. Las cifras oficiales hablan de decenas de casos identificados cada año, pero organizaciones sociales y expertos coinciden en que existe un subregistro estructural. La impunidad es alta y las investigaciones rara vez avanzan hacia redes complejas y transnacionales. En ese contexto, los archivos del caso Epstein debieron encender alertas institucionales inmediatas.

En ese mismo conjunto de documentos aparece el nombre del expresidente Andrés Pastrana. Su mención no surge de especulación, sino de registros objetivos y declaraciones incorporadas a los archivos judiciales del Departamento de Justicia de Estados Unidos. Existen registros de vuelo que lo ubican como pasajero en aeronaves vinculadas a Epstein, así como referencias a encuentros y viajes en los que participaron personas centrales de la red. Estos elementos no constituyen, por sí mismos, una condena penal, pero sí configuran un vínculo verificable con el entorno de una estructura criminal de trata de personas.

En cualquier Estado que se tome en serio sus obligaciones internacionales, esa información sería suficiente para activar mecanismos de verificación, cooperación judicial y, al menos, una investigación preliminar. Sin embargo, en Colombia ocurre lo contrario. La Fiscalía General de la Nación no ha informado públicamente la existencia de investigación alguna relacionada con estos hechos. No hay comunicados, no hay indagaciones conocidas, no hay explicación institucional sobre por qué un nombre mencionado en archivos de una red internacional de trata no ha sido siquiera objeto de revisión.

El problema no es desconocer la presunción de inocencia. El problema es la ausencia total de acción. El derecho internacional impone a los Estados el deber de investigar de oficio cuando existen indicios razonables de delitos graves, especialmente tratándose de trata de personas y de posibles víctimas nacionales. No investigar también es una forma de incumplimiento.

Nombrar el caso Epstein como lo que fue —una red internacional de trata de personas— permite entender por qué tantos nombres aparecen y desaparecen sin consecuencias. Permite entender por qué las víctimas tardaron décadas en ser escuchadas. Y permite formular la pregunta que sigue sin respuesta en Colombia: ¿por qué, frente a indicios documentados, el Estado guarda silencio? Mientras esa pregunta no tenga respuesta, la impunidad seguirá viajando en primera clase.

 

Por Justicia & Dignidad / Periodismo independiente e investigativo

¿Otra vez el E-14? Cuando el espacio en blanco se vuelve fraude

¿Se acuerdan de las elecciones del 13 de marzo de 2022? Se acuerdan de las fotografías que circularon en redes sociales: formularios E-14 con tachaduras, cifras sobrepuestas, números escritos encima de otros números, casillas intervenidas después del cierre de la votación. No fue una percepción aislada. Fue un episodio que dejó cifras oficiales.
La Procuraduría General de la Nación informó al Tribunal Administrativo de Cundinamarca que recibió 2.069 quejas relacionadas con ese proceso electoral. De ellas, 1.306 fueron evaluadas, lo que derivó en 1.207 decisiones inhibitorias, 70 indagaciones preliminares y 32 investigaciones disciplinarias. Las quejas incluían irregularidades en el diligenciamiento del formulario E-14: formularios sin firma, errores en los totales, cifras ilegibles, tachaduras, inconsistencias entre el número de votantes y los votos registrados y la necesidad de reconteos.
La Registraduría Nacional, por su parte, reportó 10 tipos de errores recurrentes en 5.109 mesas de votación, lo que involucró a cerca de 31.000 jurados, con posibles consecuencias disciplinarias o penales evaluadas por la Fiscalía y la Procuraduría. No fueron rumores: fueron datos oficiales.
Uno de los puntos críticos fue el manejo de los espacios sin votación. Cuando una casilla queda en blanco, queda abierta físicamente. Abierta a que posteriormente pueda incorporarse una cifra. Abierta a que aparezca un número donde antes no había nada. Ese riesgo fue parte de las denuncias que motivaron quejas, investigaciones y reconteos.
A pesar de esos antecedentes, el registrador nacional actual, Hernán Penagos Giraldo, ha sostenido públicamente que las casillas del formulario E-14 deben dejarse en blanco cuando no exista votación, instrucción que hoy vuelve a ponerse sobre la mesa. A esa postura se ha sumado la insistencia del Centro Democrático en que los espacios permanezcan en blanco. Todo esto ocurre después de que la propia Procuraduría reconociera la sensibilidad del E-14 y anunciara para 2026 su expedición en triple copia y su digitalización como medidas de blindaje.
Aquí es donde surge la alarma. Con antecedentes documentados de irregularidades asociadas al E-14, insistir en dejar espacios en blanco incrementa un riesgo conocido. No se trata de afirmar que el fraude ya ocurrió; se trata de advertir que las condiciones que podrían facilitarlo existen. Y es legítimo decir —como advertencia política y jurídica— que sectores de la derecha colombiana, junto con decisiones de la Registraduría y el Consejo Nacional Electoral, estarían configurando un escenario que podría facilitar un fraude de gran escala, precisamente por mantener prácticas que debilitan la integridad material del documento.
Cuando hay más de dos mil quejas, más de mil evaluaciones, decenas de indagaciones y múltiples investigaciones relacionadas con un mismo formulario, cualquier decisión que aumente su fragilidad debe ser cuestionada. Blindar no es solo digitalizar; blindar también es cerrar las puertas que permiten la alteración posterior.
Por eso proponemos acción. Por eso acudimos a la administración de justicia. Como ciudadanas y ciudadanos tenemos el deber de dejar constancia cuando advertimos riesgos graves para derechos fundamentales. No para acusar personas, sino para proteger la democracia.
Desde Justicia y Dignidad estamos impulsando una tutelatón para solicitar reglas claras y preventivas: que las casillas sin votación del E-14 se cierren con una marca uniforme que impida su uso posterior y que se prohíba dejar espacios en blanco. Es una medida mínima frente a un riesgo máximo.
En el documento Drive encontrarás el modelo de la tutela y el tutorial para radicarla. Solo necesitas tu cédula y tu firma.
Porque los derechos no se declaman: se defienden.
Y la democracia, cuando está en riesgo, se defiende en la justicia.

Justicia & Dignidad
Del periodismo investigativo a la acción jurídica popular.

🔹 Tutorial para radicar la tutela en línea

🔹 Accede a los documentos, modelos y recursos en Drive:
👉 https://drive.google.com/drive/u/3/folders/1svnylId0ppxfh9aXtxjo9AdPLoa0RkyP

Señor(a)
JUZGADO CONSTITUCIONAL – OFICINA DE REPARTO

Ciudad

Ref.: Acción de tutela para la protección de los derechos fundamentales a elegir y ser elegido, a la participación democrática, a la transparencia electoral y a la seguridad jurídica.

Yo, la suscrita, identificada civilmente como aparece al pie de mi firma y domiciliada según los datos que allí reposan, actuando en nombre propio, respetuosamente interpongo ACCIÓN DE TUTELA contra la REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL y la PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, por la vulneración y amenaza actual de los derechos fundamentales que se indican a continuación.

  1. PARTES

Accionante

La persona suscrita, identificada y domiciliada como aparece al pie de la firma.

Entidades accionadas

  • REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
  • PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

 

  1. DERECHOS FUNDAMENTALES VULNERADOS

Solicito el amparo de los siguientes derechos fundamentales:

  • Derecho a elegir y ser elegido (artículo 40 de la Constitución Política).
  • Derecho a la participación democrática efectiva.
  • Derecho a la transparencia electoral.
  • Derecho a la seguridad jurídica y a la confianza legítima.
  • Derecho al debido proceso administrativo y electoral (artículo 29 de la Constitución Política).

 

III. HECHOS

  1. El formulario E-14 constituye el documento base para el registro, transmisión y publicidad de los resultados electorales de cada mesa de votación, siendo determinante para el preconteo, el escrutinio y la confianza ciudadana en los resultados electorales.
  2. En procesos electorales anteriores, particularmente en las elecciones del 13 de marzo de 2022, se presentaron denuncias ciudadanas, quejas formales e investigaciones administrativas, disciplinarias y penales relacionadas con irregularidades en el diligenciamiento de los formularios E-14, situación reconocida por la Procuraduría General de la Nación, la Registraduría Nacional del Estado Civil y documentada por diversos medios de comunicación.
  3. Entre las denuncias formuladas se advirtió que, en múltiples mesas de votación, las casillas dejadas en blanco en los formularios E-14 facilitaron la inclusión posterior de cifras, lo cual infló los resultados a favor de determinados candidatos o listas, afectando la transparencia y legitimidad del proceso electoral.
  4. La Procuraduría General de la Nación informó que recibió miles de quejas relacionadas con el proceso electoral de 2022, entre ellas irregularidades en el diligenciamiento del formulario E-14, tales como errores numéricos, tachones, correcciones sobre correcciones, ausencia de firmas y dificultades de lectura, lo cual dio lugar a reconteos, compulsas de copias e investigaciones disciplinarias y penales contra jurados de votación.
  5. La Registraduría Nacional del Estado Civil reconoció igualmente que el uso de espacios en blanco, correcciones posteriores y marcas no uniformes dificultó la transmisión de resultados y generó escenarios de duda razonable sobre la fidelidad de las cifras consignadas inicialmente.
  6. En el actual proceso electoral, la instrucción de dejar los espacios del formulario E-14 en blanco cuando no exista votación revive un riesgo previamente advertido y documentado, pues los espacios en blanco:
    • facilitan la incorporación posterior de cifras;
    • dificultan la trazabilidad y el control ciudadano;
    • aumentan el riesgo de manipulación de resultados electorales; y
    • debilitan la confianza legítima en el sistema democrático.
  7. Existen denuncias públicas y antecedentes verificables que señalan que el inflado de cifras en los formularios E-14 ha sido posible precisamente por la existencia de espacios en blanco, afectando de manera directa el derecho fundamental a elegir y ser elegido y la transparencia electoral.
  8. Históricamente, como práctica de control material del documento electoral, se ha utilizado el asterisco u otra marca uniforme para cerrar las casillas sin votación, medida que reduce significativamente la posibilidad de fraude, impide la adición posterior de cifras y fortalece la integridad y transparencia del proceso electoral.
  9. La propia Procuraduría General de la Nación, al anunciar para las elecciones de 2026 la expedición del formulario E-14 en triple copia y su digitalización, ha reconocido la necesidad de blindar el proceso electoral, lo cual resulta insuficiente si no se acompaña de reglas claras, obligatorias y uniformes sobre el diligenciamiento de los espacios sin votación.

 

  1. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
  • Artículo 40 de la Constitución Política: derecho fundamental a participar en la conformación del poder político.
  • Artículos 1, 2 y 209 de la Constitución Política: principios de democracia, transparencia, publicidad y moralidad administrativa.
  • Artículo 29 de la Constitución Política: debido proceso aplicable a las actuaciones administrativas y electorales.
  • Jurisprudencia constitucional reiterada sobre la necesidad de reglas claras, previsibles y uniformes en los procesos electorales como condición esencial de la legitimidad democrática.

 

  1. PRETENSIONES

Respetuosamente solicito al despacho judicial:

  1. AMPARAR los derechos fundamentales a elegir y ser elegido, a la participación democrática, a la transparencia electoral y a la seguridad jurídica.
  2. ORDENAR a la REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL, bajo la vigilancia de la PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, que establezca y aplique de manera inmediata una regla clara, pública y obligatoria conforme a la cual todas las casillas del formulario E-14 correspondientes a candidatos o listas sin votación deban cerrarse mediante un ASTERISCO u otra marca uniforme, como medida preventiva para evitar el inflado posterior de cifras y la manipulación de resultados electorales.
  3. ORDENAR que se PROHÍBA expresamente dejar espacios en blanco en los formularios E-14, por constituir un riesgo probado para la transparencia, la seguridad jurídica y la democracia.
  4. ORDENAR a las entidades accionadas adelantar acciones pedagógicas y de capacitación claras y uniformes dirigidas a jurados de votación, testigos electorales y ciudadanía sobre el diligenciamiento correcto del formulario E-14.

 

  1. SOLICITUD DE MEDIDA PROVISIONAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 2591 de 1991, respetuosamente solicito al despacho judicial decretar MEDIDA PROVISIONAL, en atención a la existencia de una amenaza real, actual e inminente a los derechos fundamentales invocados.

La instrucción impartida por la Registraduría Nacional del Estado Civil consistente en dejar espacios en blanco en el formulario E-14 cuando no exista votación, en el contexto de un proceso electoral en curso, expone de manera inmediata el documento electoral a posibles alteraciones posteriores, riesgo ya advertido y documentado en procesos electorales anteriores y que dio lugar a múltiples denuncias, investigaciones y reconteos.

El diligenciamiento de los formularios E-14 constituye un acto irreversible en sus efectos, de manera que permitir que continúe una práctica que facilita la manipulación de cifras haría nugatoria la protección judicial posterior, configurándose un perjuicio irremediable.

En consecuencia, solicito se ordene como medida provisional:

  1. SUSPENDER provisionalmente la aplicación de cualquier instrucción administrativa, circular o directriz que disponga dejar espacios en blanco en los formularios E-14.
  2. ORDENAR a la Registraduría Nacional del Estado Civil que, mientras se decide de fondo la presente acción, disponga que todas las casillas del formulario E-14 correspondientes a candidatos o listas sin votación sean cerradas mediante una marca uniforme (asterisco o línea).
  3. ORDENAR que dicha instrucción provisional sea comunicada de manera inmediata a jurados de votación, comisiones escrutadoras y demás autoridades electorales.

La medida solicitada es proporcional, necesaria y urgente, no interfiere con el calendario electoral ni con la autonomía administrativa de la organización electoral, y tiene como único propósito prevenir un daño grave e irreparable a la transparencia del proceso democrático y al ejercicio efectivo de los derechos políticos de la ciudadanía.

 

VII. PRUEBAS

Solicito se tengan como pruebas, entre otras:

 

VIII. PROCEDENCIA DE LA ACCIÓN DE TUTELA

La presente acción procede por cuanto:

  • Existe una amenaza real, actual y concreta a derechos fundamentales.
  • No existe otro mecanismo judicial idóneo e inmediato para garantizar la transparencia y seguridad jurídica del proceso electoral.
  • El perjuicio es inminente, dada la vigencia y desarrollo del calendario electoral.

 

  1. JURAMENTO

Bajo la gravedad del juramento manifiesto que no he presentado otra acción de tutela por los mismos hechos y derechos aquí invocados.

 

Atentamente,

 

Firma

 

 

Nombre y apellidos:

Cédula de ciudadanía:

Domicilio y correo electrónico:

Correo electrónico para notificaciones:

De Milei al Consejo de Estado: cómo la derecha avanza contra los derechos laborales

La derecha tiene un talento admirable: decir una cosa mientras hace exactamente la contraria. En Argentina, Javier Milei lo ha llevado a la categoría de performance. En Colombia, el Consejo de Estado parece estar ensayando el mismo libreto, pero con toga, latinajos y la solemnidad de quien jura no estar haciendo política mientras la hace.

Empecemos por el sur. La llamada “reforma laboral” de Milei —ese oxímoron— propone jornadas de doce horas, bancos de tiempo que evaporan las horas extra, indemnizaciones adelgazadas hasta la anorexia jurídica, salarios “dinámicos” (léase: inestables) y un sindicalismo reducido a decoración de museo. Todo presentado como modernización, palabra comodín que suele significar retroceso cuando la pronuncia un economista con motosierra. La libertad, nos dicen, consiste en trabajar más, ganar menos y reclamar menos. El mercado, como siempre, es libre; el trabajador, no tanto.

Ahora miremos hacia casa. En Colombia, el Consejo de Estado decidió suspender el decreto que fijó el aumento del salario mínimo. No porque el salario mínimo sea bajo —eso nadie lo discute— sino porque, según el tribunal, el Gobierno no cumplió con todos los rituales técnicos exigidos. El resultado práctico es delicioso: en nombre de la legalidad, se le baja el volumen a un ingreso que apenas alcanza para sobrevivir. La forma vence al fondo; el tecnicismo, al plato de comida.

La señal es clara, aunque se finja neutralidad. Si la derecha llega al poder, nos dicen, habrá “seguridad jurídica”. Traducción simultánea: seguridad para el capital, incertidumbre para el trabajo. Se empieza tumbando un decreto de salario mínimo —con aplausos de gremios y editoriales solemnes— y se sigue, previsiblemente, por el camino argentino: flexibilizar, desregular, abaratar el despido, domesticar la huelga. Todo muy razonable. Todo muy “responsable”. Todo muy antiguo.

Hay una pedagogía implícita en estas decisiones. Al trabajador se le enseña a agradecer lo poco; al empresario, a exigir más. Al juez se le pide imparcialidad; al resultado, obediencia al mercado. Y si alguien protesta, siempre queda el argumento moral: no es que estemos contra los derechos laborales, es que somos realistas. El realismo, ya se sabe, es la ideología de quienes mandan.

Lo curioso —o lo trágico— es que se nos vende este paquete como progreso. Como si la historia no hubiera demostrado, una y otra vez, que los derechos laborales no nacieron de la buena voluntad empresarial ni de la iluminación tecnocrática, sino del conflicto. Como si la dignidad pudiera tercerizarse.

Entre la motosierra de Milei y la pluma fina del Consejo de Estado hay una afinidad electiva: ambas cortan por el mismo lado. Una lo hace sin pudor; la otra, con elegancia jurídica. El resultado es idéntico: menos derechos, más retórica. Y una promesa tácita —que ya no es tan tácita—: este es el programa de la derecha colombiana que quiere llegar al poder. El Consejo de Estado, lejos de ser un árbitro inocente, empieza a perfilarse como su aliado fiel. El libreto ya empezó a representarse. El final, si no se disputa, está escrito.

 

Por Justicia & Dignidad / Periodismo independiente e investigativo

Manos Rojas: niños reclutados en el Cauca

Hoy, 12 de febrero, Día Internacional de las Manos Rojas, no hablamos en abstracto.

Hoy ponemos nombres.

Estamos buscando a niños y niñas del Cauca que desaparecieron en medio de la guerra, del control armado y de la indiferencia institucional. No son cifras: son historias interrumpidas.

Jefri Mejía Solarte, de 15 años, desapareció el 9 de febrero de 2026 en zona rural del corregimiento San Joaquín, municipio de El Tambo, Cauca. Salió al campo. Nunca regresó. Desde entonces, su familia no tiene información sobre su paradero. Su desaparición ocurrió en un contexto de violencia y alto riesgo de reclutamiento forzado, pero no se activó oportunamente ningún Mecanismo de Búsqueda Urgente.

En Buenos Aires, Cauca, desapareció Xamara Solarte, niña y estudiante, reclutada directamente desde el entorno escolar. Fue vista por última vez en su colegio. Nunca volvió a casa. Su caso revela una verdad incómoda y dolorosa: los colegios en Colombia no son espacios seguros para la niñez. La guerra también entra a las aulas, recluta en silencio y se lleva a las niñas sin dejar rastro.

En Santander de Quilichao, tres adolescentes desaparecieron en un contexto de control territorial armado. Entre ellos está Brayam Steven Balanta Lasso, de 15 años, promesa del fútbol, reconocido por su talento, su disciplina y su sueño de llegar lejos con un balón. Era buen estudiante, buen hijo y excelente deportista. Salió un día y jamás regresó a su casa. Su desaparición no se explica desde la lógica de la vida, solo desde la lógica de la guerra.

A la fecha, ninguno de estos niños y niñas ha sido encontrado. Las búsquedas no avanzan. Las respuestas no llegan. El silencio institucional pesa tanto como la ausencia.

Estos casos se suman a una realidad devastadora: entre 2017 y 2025, al menos 2.949 niños, niñas y adolescentes fueron reclutados forzadamente en Colombia, y solo en el Cauca existen 709 investigaciones activas por este delito. Las cifras crecen. Los niños desaparecen.

Hoy, en el Día de las Manos Rojas, denunciamos que los estamos buscando y que el Estado no está llegando a tiempo.

Hacemos un llamado urgente a que nos duelan nuestros niños y niñas en la guerra, a que su desaparición no se normalice, a que sus nombres no se borren.

Las manos rojas son para decirlo claro:

la niñez no se recluta, no se desaparece y no se abandona.

Los queremos vivos.

 

Por Justicia & Dignidad / Periodismo independiente e investigativo

El tigre de papel

Abelardo de la Espriella, quien se autodenomina “El Tigre”, decidió demostrarle al país que la selva electoral colombiana es fértil. Y vaya si lo es. Entregó 5.079.000 firmas. Una cifra tan descomunal que uno pensaría que el zoológico entero salió, ordenadamente, a respaldarlo.

El problema es que, cuando la Registraduría pasó el colador —ese instrumento incómodo que convierte la épica en estadística— el rugido se volvió maullido.

De los cinco millones largos aparecieron: 1.437.677 registros con “datos que no corresponden”; 1.025.663 personas que no existen en el Archivo Nacional de Identificación, auténticos fantasmas patrióticos; 273.211 firmas duplicadas, prueba de un entusiasmo repetido hasta el cansancio; 159.700 renglones en blanco que alguien sumó con fe; y 152.028 datos ilegibles, quizá producto de la emoción felina. Resultado: más del 60 % de las firmas fueron invalidadas. Un tigre con dieta de papel.

Pero no se alarmen. En Colombia el fraude no siempre ruge; a veces bosteza. Porque lo verdaderamente importante no es cuántas firmas falsas se entreguen, sino cuántas válidas queden después del ejercicio de poda democrática. Si el mínimo exigido es 635.216 y, tras la limpieza, sobreviven casi dos millones, entonces todo está en orden. El tigre puede seguir en carrera. La selva tiene reglas flexibles.

¿Sanciones? Qué palabra tan exagerada. Para eso habría que probar dolo, intención, organización. Y además habría que querer hacerlo. Lo más probable es que el episodio termine archivado en el museo nacional de las “irregularidades técnicas”, ese lugar donde descansan los escándalos que no escandalizan lo suficiente.

El espectáculo, sin embargo, es pedagógico. Enseña que en la política colombiana se pueden inflar globos de cinco millones y aterrizar en dos sin que nadie pregunte demasiado por el aire que se escapó. Se resta, se certifica y se sigue. El exceso no castiga: se descuenta.

El Tigre ruge en las redes. La Registraduría cuenta en los informes. La Fiscalía observa desde la barrera. El Consejo Nacional Electoral medita con parsimonia. Y el país, como siempre, aprende que en esta democracia el problema no es la selva, sino que los animales imaginarios también cuentan como fauna.

Con los datos oficiales ya conocidos, resulta evidente que existe un problema grave del sistema democrático: un aspirante presidencial continúa inscrito pese a que más del 60 % de sus firmas fueron invalidadas por irregularidades masivas. Eso es fraude político. No por una sentencia judicial, sino porque el mecanismo de firmas fue usado de manera abusiva y sin consecuencias reales.

Más grave aún es que, frente a ese volumen de inconsistencias, la autoridad electoral no haya informado públicamente el traslado de estos hallazgos a la Fiscalía para su investigación. Ese silencio no es neutral: habilita, normaliza y permite que quien infló apoyos inexistentes compita como si nada hubiera ocurrido.

Así, este señor —junto a otros ya bien conocidos en la política nacional— quiere ser presidente atravesando las irregularidades sin sanción visible. En este contexto, la única forma de impedir que estas prácticas definan el poder es la participación ciudadana masiva en las urnas.

La defensa democrática hoy es votar de manera contundente por Iván Cepeda Castro. Cuando el voto ciudadano es masivo, no hay firma falsa ni informe que lo borre.

 

Por Justicia & Dignidad / Periodismo independiente e investigativo

Urrá: la represa construida entre paramilitarismo, desapariciones y hoy responsable de inundaciones en Córdoba

Las inundaciones no empiezan cuando el agua cruza la puerta de una casa. Empiezan mucho antes, cuando alguien decide qué hacer con el agua que no se ve: la que se acumula detrás de los muros de concreto de una represa. Esa agua no es solo un elemento natural. Es energía, es dinero, es control y es riesgo. En Colombia, el agua represada ha sido, durante décadas, una forma silenciosa de ejercer poder sobre los territorios.

En el norte del país, el río Sinú fue uno de esos ríos intervenidos en nombre del desarrollo. Allí se levantó la Represa de Urrá I, una obra presentada como progreso energético para la región Caribe, pero construida sobre una geografía humana que fue tratada como un estorbo. Antes de que el embalse se llenara de agua, el territorio ya se había llenado de miedo.

La historia de Urrá no puede separarse de la expansión del paramilitarismo en Córdoba. Durante los años noventa, mientras avanzaban las obras civiles, el Alto Sinú fue tomado por estructuras armadas de las Autodefensas Unidas de Colombia. Veredas enteras fueron vaciadas a punta de amenazas, listas negras y masacres. En Tierralta, Valencia y las zonas ribereñas, la violencia cumplió una función precisa: despejar el camino para que el proyecto avanzara sin resistencia.

Las masacres no siempre ocurrieron dentro del área exacta del embalse, pero sí en su zona de influencia. Saiza, La Resbalosa, Batata y otros corregimientos del Alto Sinú quedaron marcados por asesinatos colectivos y desplazamientos forzados. La lógica era clara: quien se oponía, quien preguntaba, quien organizaba, debía callar o irse. El río empezó a cambiar su curso al mismo tiempo que la vida comunitaria era fragmentada.

A esa violencia se sumó una práctica más silenciosa y prolongada: la desaparición forzada. En el municipio de Tierralta —epicentro del Alto Sinú y principal zona de influencia de la represa— las autoridades de búsqueda han registrado más de mil personas desaparecidas, una de las cifras más altas del país para un solo municipio. Detrás de cada número hay un cuerpo que no volvió, una familia que sigue esperando y un territorio atravesado por el miedo como forma de control.

En medio de esa violencia se alzó la voz de Kimy Pernía Domicó, líder indígena del pueblo Embera Katío. Kimy defendía el Sinú como se defiende a un ser vivo. Para su pueblo, el río no era solo agua: era alimento, camino, memoria, espiritualidad. Kimy advirtió que la represa rompería el equilibrio del ecosistema y pondría en riesgo la supervivencia cultural de su comunidad. No hablaba desde la ideología, hablaba desde la vida cotidiana.

El 2 de junio de 2001, Kimy fue secuestrado y desaparecido en Tierralta. Años después, jefes paramilitares como Salvatore Mancuso reconocieron que su asesinato fue una orden directa. Kimy era considerado un obstáculo para intereses económicos y estatales. Su cuerpo nunca regresó, pero su ausencia se volvió una presencia incómoda que aún recorre el río.

La represa entró en funcionamiento. El agua subió. Los peces desaparecieron. La pesca colapsó. Las comunidades Embera Katío quedaron sin su principal fuente de alimento y fueron empujadas al desplazamiento. La Corte Constitucional reconoció que el proyecto había violado derechos fundamentales y ordenó medidas de reparación, pero el daño ya estaba hecho. El río había sido domesticado a la fuerza.

Años después, el país volvió a mirar al agua, esta vez no por la energía sino por las inundaciones. El sistema eléctrico colombiano funciona con una lógica que rara vez se explica: cuando entra en operación la generación térmica a gas, más costosa, el precio de toda la energía sube, incluso la que se produce con agua. Retener el agua en los embalses puede ser rentable. Soltarla a tiempo puede ser menos lucrativo.

Durante meses recientes, mientras se hablaba de escasez de gas y tarifas elevadas, los embalses estaban llenos. El agua se retuvo. El riesgo creció detrás de los muros. Luego llegó la ola invernal, intensificada por la crisis climática. Sin margen para seguir acumulando, las compuertas se abrieron de manera abrupta. El agua salió con fuerza, convertida en inundación.

En Córdoba, municipios enteros quedaron bajo el agua. Miles de familias perdieron casas, cultivos y animales. Más de la mitad del departamento resultó afectada. El Sinú volvió a desbordarse, esta vez no como río libre, sino como descarga controlada desde una represa que ya había marcado el territorio con violencia.

A esto se le puede llamar capitalismo de las tragedias: retener el agua cuando produce ganancias y soltarla cuando se vuelve peligrosa. El presidente Gustavo Petro ha pedido investigaciones porque aquí no solo hay lluvias y cambio climático. Hay decisiones humanas que amplificaron el desastre. Decisiones con responsables, con nombres, con cargos.

La historia de Urrá muestra que el daño no es solo ambiental. Es social, cultural y político. El agua que hoy inunda las casas es la misma que ayer se usó para justificar desplazamientos, silencios y muerte. El río Sinú no olvidó. Como advirtió Kimy Pernía, un día el agua reclamaría lo suyo. Ese día parece haber llegado.

 

Por Justicia & Dignidad

Periodismo independiente e investigativo