Hechos siniestros en la Cárcel de Palmira

La Cárcel y Penitenciaría de Alta y Mediana Seguridad de Palmira, ubicada en el Valle del Cauca, ha sido escenario de hechos trágicos que han afectado gravemente la vida e integridad de al menos cinco personas en lo que va del año 2024. Dos incidentes han generado consternación y evidencian la crisis de derechos humanos en el sistema penitenciario colombiano, pese a que en el 2013 la Corte Constitucional declaró el estado de cosas inconstitucional al sistema penitenciario colombiano.
El primer suceso que sacudió a la comunidad ocurrió el 21 de abril, cuando Yisella Pérez Gaspar, de 27 años, fue asesinada por su pareja sentimental durante una visita conyugal en el centro penitenciario. Pérez Gaspar, oriunda del municipio de El Cerrito, ingresó al penal a las 8:14 a.m. para visitar al recluso. Más de tres horas después, a las 11:35 a.m., se reportó un caso de “agresión física”. A pesar de los esfuerzos del personal médico, se determinó que la joven ya no tenía signos vitales. Las autoridades del INPEC confirmaron que el hombre de 26 años habría asfixiado a la víctima, se trató de un atroz feminicidio.
El segundo incidente ocurrió durante la madrugada del 20 de mayo, en el patio cuatro de la cárcel, donde están recluidos presos políticos y del estallido social. En este sector, se presentó una intoxicación masiva que resultó en la muerte de cuatro personas y dejó a cinco reclusos afectados en la unidad de sanidad del penal y centros hospitalarios en Cali y en Palmira. Las víctimas mortales fueron Jhon Mario Hortua Grisales, Gumercindo Rangel Bateca y Yeison Alejandro Lozada del Colectivo de detenidos políticos Jhonatan Sabogal, quienes fallecieron en el hospital Raúl Orejuela de Palmira. Además, Jhony Bolaños, un preso político del ELN, sufrió muerte cerebral.
La gravedad de estos hechos pone en cuestión la responsabilidad del Estado en la protección de los derechos de las personas privadas de la libertad. La Corte Constitucional ha desarrollado el concepto de “relación de especial sujeción de las personas privadas de la libertad con el Estado”, estableciendo que el Estado, al privar de la libertad a una persona, se convierte en el garante de sus derechos no restringidos por el acto de privación de la libertad. Esta relación exige que cualquier suspensión o restricción de derechos se realice bajo criterios de razonabilidad, utilidad, necesidad y proporcionalidad.
En el caso de la intoxicación masiva, hay responsabilidad del Estado, por la negligencia y las omisiones por parte de las autoridades estatales en garantizar la seguridad y el bienestar de los detenidos. Es fundamental que se lleve a cabo una investigación exhaustiva para determinar las causas de la intoxicación y establecer las responsabilidades individuales correspondientes.
Nos llama muchísimo la atención el manejo mediático que se le ha dado al tema de la intoxicación. Algunos medios periodísticos sugieren que se trató de una mezcla de bebidas energizantes con medicamentos de potenciación sexual, mientras que otros sugieren que se trató del consumo de la bebida artesanal llamada «chamberland», hecha con residuos de alimentos y la mezcla de medicamentos para el deseo sexual. Todas estas afirmaciones se han hecho sin sustento alguno, ya que no se tiene información sobre dictámenes médico forenses realizados a las víctimas ni tampoco hay una comunicación oficial por parte del centro penitenciario o de los hospitales al respecto. Se nota claramente una intención de los medios de comunicación de cargar la responsabilidad de estos graves hechos en las personas que fallecieron, desconociendo que el Estado estaba actuando como garante de estas personas al tenerlas privadas de la libertad.
Llama también la atención que sean justamente los detenidos políticos del patio 4 las víctimas de la intoxicación masiva. ¿Qué hay detrás de esta situación? ¿Hay móviles políticos detrás de las muertes de los privados de la libertad?.
Se requiere una revisión profunda de las condiciones de seguridad y los protocolos de atención en las cárceles colombianas, para garantizar que los derechos humanos de los reclusos sean respetados y protegidos adecuadamente.
El Estado tiene una responsabilidad especial respecto a las personas privadas de la libertad debido a su posición de garante. Esta responsabilidad se fundamenta de forma legal, constitucional y en el derecho internacional de los derechos humanos.
La Constitución Política de Colombia establece en el artículo 2 que uno de los fines esenciales del Estado es proteger a todas las personas residentes en Colombia en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades. Además, el artículo 11 consagra el derecho a la vida como un derecho fundamental.
La jurisprudencia de la Corte Constitucional de Colombia ha reconocido en múltiples fallos que el Estado, al privar de la libertad a una persona, asume una posición de garante de sus derechos fundamentales. Esto implica que debe asegurar la integridad física y mental de los detenidos, así como garantizar condiciones de vida dignas dentro de los establecimientos penitenciarios. Así mismo debe recordarse que la Corte Constitucional declaró en el 2013 el Estado de Cosas Constitucional del sistema penitenciario.
Instrumentos como la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ratificados por Colombia, establecen que ninguna persona debe ser sometida a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, y que toda persona privada de libertad debe ser tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.
La Ley 65 de 1993 (Código Penitenciario y Carcelario) establece que las autoridades penitenciarias tienen el deber de proteger la vida y la integridad de los reclusos, garantizando condiciones de salubridad, seguridad y respeto por los derechos humanos.
La posición de garante implica que el Estado debe prevenir, investigar y sancionar cualquier acto que atente contra la vida y la integridad de las personas bajo su custodia. En caso de incumplimiento, se configura la responsabilidad estatal. Por lo tanto, el Estado colombiano debe tomar medidas efectivas para evitar la repetición de hechos trágicos como los ocurridos en la Cárcel de Palmira y garantizar la protección de los derechos humanos de todos los reclusos.

Por: Sofía López Mera, abogada, periodista y defensora de derechos humanos de la Corporación Justicia y Dignidad

Cuestionamientos sobre la guerra en el Cauca

En el sector de Guatemala de Miranda, Cauca, una explosión rompió la serenidad del mediodía del pasado 17 de mayo. Esteban, un niño de 12 años, yacía inerte en un pozo de sangre, mientras que Luis, un moto transportador de edad avanzada, luchaba por sobrevivir entre los escombros. Del otro lado de la carretera, la madre de Esteban, se aferraba a la vida con heridas graves; solo podía mover sus ojos, que se fijaron en el cuerpo sin vida de Esteban. El ejército señaló la responsabilidad de la estructura Dagoberto Ramos en los escabrosos hechos.

En el departamento de Cauca operan los frentes Dagoberto Ramos, Jaime Martínez y Carlos Patiño del Estado Mayor Central de las FARC, quienes han sometiendo a la población civil Caucana a una oleada de terror similar o peor que la arremetida paramilitar de las AUC en la década de los 2000.

El frente Dagoberto Ramos opera en Buenos Aires, Suárez, Caloto, Toribío y Corinto. Está comandado por Wilmar Passu Rivera, alias «Cholinga», su principal misión es proteger cultivos ilícitos y rutas de narcotráfico, especialmente reclutando menores.

El frente Jaime Martínez opera en el Naya, López de Micay, Buenos Aires, Morales, Suárez y Cajibío. Este grupo se dedica a actividades ilícitas como el narcotráfico, extorsión, secuestro y asesinatos, usando tácticas de terror para intimidar a la población.

El frente Carlos Patiño opera principalmente en la región del Cañón del Micay y ha extendido su control a municipios como Argelia, El Tambo, Balboa y Patía.

El EMC es el grupo más grande conformado por disidentes de las antiguas FARC. Está integrado por cerca de 3.200 armados y un número no determinado de milicianos. Están distribuidos en 23 frentes y 5 grandes bloques. Tienen un importante poder armado, el control de distintas rentas criminales, incluida la del narcotráfico y se han expandido en el centro, sur, oriente y occidente de Colombia.

Surgió durante las negociaciones de paz en La Habana, Cuba, en 2016. Ese año, el Frente Primero, liderado por Iván Mordisco, anunció su continuidad en la guerra con al menos 400 integrantes. Los líderes de las FARC enviaron a Gentil Duarte para supuestamente restablecer el orden. Sin embargo, Duarte traicionó el proceso de paz, uniéndose a Mordisco y llevándose 1,35 millones de dólares y miembros del Frente Séptimo. Mordisco y Duarte enviaron emisarios a diversas regiones del país para reclutar a otros comandantes y controlar las rentas criminales. En abril de 2017, emitieron un comunicado proclamándose la continuación de las FARC, con apoyo de nueve frentes disidentes.

El EMC disfrutó de su poderío en la frontera colombo-venezolana hasta 2019, cuando Luciano Marín, alias «Iván Márquez», anunció la creación de otra disidencia, la Segunda Marquetalia. Este nuevo grupo buscó adherir a su estructura diversos frentes que formaban el EMC. Sin embargo, el EMC consideró a la Segunda Marquetalia como un grupo traidor, lo que generó una guerra a muerte entre ambas facciones.

Gentil Duarte fue asesinado presuntamente por el ELN e Iván Mordisco quedó liderando el EMC, con Alexander Díaz Mendoza, alias “Calarcá”, como su posible sucesor. Otros líderes importantes incluyen a Iván Jacobo Arredondo, alias “Marlon Vázquez”, Javier Alonso Velosa, alias “Jhon Mechas”, y Omar Pardo Galeano, alias “Antonio Medina”.

Omar Pardo Galeano, alias «Antonio Medina», está al mando del Frente 28. Se desmovilizó en 2009, antes de la firma del acuerdo de paz, bajo la Ley de Justicia y Paz. Después de desmovilizarse, pasó a colaborar con el ejército. Así lo relató ante la Fiscalía de Justicia y Paz: “Doctora, como usted lo sabe y la Fiscalía lo sabe, desde el momento en que deserté de las FARC me he dedicado a ayudar a capturar gente con el Ejército y la Policía. En el Ejército estoy colaborando con el coronel Martínez y con el capitán que me están acompañando hoy. Y con la Policía lo único que he hecho es hacer caso cuando me llaman a ver si conozco a algún capturado cuando me muestran fotos y cosas así. Pero mi colaboración principal es con el Ejército”.

Jorge Eliecer Jiménez Martínez, conocido como alias «Jerónimo» y «Arturo Paz», lidera el Décimo Frente. Fue combatiente de las FARC-EP capturado por las autoridades en 2009. Se postuló ante la Ley de Justicia y Paz y colaboró con la Fiscalía en la promoción de desmovilizaciones en las cárceles hasta 2017, cuando se acogió a la JEP y obtuvo su libertad. Meses después, apareció liderando el frente mencionado y, según la revista Cambio, colaboró junto con miembros del Ejército colombiano en el asesinato del excomandante de la Segunda Marquetalia, Jesús Santrich, quien murió en una emboscada en la frontera colombo-venezolana.

Estas denuncias fueron realizadas por la mesa de negociación del ELN, lo ha señalado la Segunda Marquetalia y también portales periodísticos como la Revista Raya y la periodista Danna Urdaneta.

En mayo de 2023, el portal Colombia Informa denunció el caso del menor, Brayan Camilo Carrillo, de 17 años. Según su testimonio, fue reclutado forzadamente por el Ejército colombiano a los 13 años y entregado a las disidencias lideradas por Héctor Aguilar, alias «Pescado», quien es uno de los comandantes de las disidencias de las FARC en el departamento de Arauca junto con Jorge Eliecer Jiménez. Respecto a Aguilar, Colombia Informa, señaló que se trata de un exguerrillero desmovilizado mucho antes de la firma del acuerdo final en 2016, que ha estado colaborando con el ejército y la policía nacional y que ahora ocupa un cargo de liderazgo en el EMC.

Han surgido múltiples señalamientos sobre la supuesta implicación del ejército en la conformación de las disidencias de las FARC, previas al inicio del mandato del Gobierno de Gustavo Petro. No hay que perder de vista que el General Jorge Mora Rangel fue uno de los negociadores de paz con las FARC, en representación de las fuerzas militares, durante el proceso de Paz de 2016 y que, además, ocupó el cargo de comandante general de las fuerzas armadas de Colombia durante la presidencia de Álvaro Uribe Vélez. No sería extraño que desde la época de Álvaro Uribe se estuviera planeando la creación de las estructuras disidentes de las FARC.

¿El recrudecimiento de la guerra en el Cauca responde a un plan diseñado con el acuerdo de paz de 2016? ¿Qué participación han tenido los sectores de la derecha nacional e internacional? ¿Por qué se permitió con tanta facilidad la deserción de Gentil Duarte y se financió su encuentro con Iván Mordisco? ¿Por qué las estructuras del EMC atacan indiscriminadamente a la población civil? ¿Por qué son los mayores responsables de asesinatos de líderes sociales y firmantes de paz? ¿Por qué sabotean los intentos de la Paz Total del gobierno nacional? ¿Por qué tienen un papel estelar en el exterminio de los pueblos indígenas y en el reclutamiento forzado de niños, niñas y adolescentes en zonas rurales del Cauca? ¿Por qué se consolidaron militarmente durante la presidencia del ultraderechista Iván Duque? ¿Por qué sus acciones militares más crueles y notorias se llevan a cabo durante el gobierno de izquierda de Gustavo Petro? ¿Se trata acaso del fenómeno de la paramilitarización de las FARC?

No podemos estar seguros de si denominar a las estructuras del EMC de las FARC como paramilitares sea el término más adecuado, especialmente en la actualidad bajo un gobierno de izquierda. Sin embargo, es innegable que su ideología se fundamenta en el ataque a la sociedad civil y en el fomento del narcotráfico y la minería ilegal, evocando los capítulos mas horrorosos de la trágica historia nacional.

Por: Sofía López Mera, abogada y periodista, defensora de derechos humanos de la Corporación Justicia y Dignidad.

LA INOPERANCIA DE LA ONU ANTE EL GENOCIDIO DEL PUEBLO PALESTINO

El mundo se cuestiona impotente sobre la funcionalidad y la efectividad de la ONU para frenar el Genocidio que padece el Pueblo Palestino y al tiempo la incapacidad del organismo para evitar el flagelo de las guerras a nivel global.  En el preámbulo de la Carta de las Naciones Unidas – documento fundacional de la ONU— se plasmó: «Nosotros, los pueblos de las Naciones Unidas, resueltos a preservar a las generaciones futuras del flagelo de la guerra (…)«. Hoy, 78 años después a la ONU no solo le quedó grande evitar las guerras, y socorrer a sus víctimas, de alguna medida el Consejo de Seguridad de la ONU esta prologando el sufrimiento de los pueblos del mundo y promueve las guerras bajo el sofisma del derecho de defensa de los Estados y el disco rayado de la lucha contra el terrorismo.

La Organización de Naciones Unidas –ONU, es una organización internacional fundada el 24 de octubre de 1945, tras la Segunda Guerra Mundial, se estableció para prevenir conflictos a gran escala. La ONU fue creada mediante la Carta de las Naciones Unidas, que es su instrumento jurídico fundacional y fue adoptada el 26 de junio de 1945 en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organización Internacional, celebrada en San Francisco entrando en vigor el 24 de octubre de 1945.

La ONU está compuesta por dos órganos principales:

  • La Asamblea General donde todos los Estados miembros tienen representación y pueden discutir una amplia gama de temas internacionales y está compuesta por representantes de todos los Estados miembros de la ONU siendo un foro global de discusión, sin poder de decisión.
  • El Consejo de Seguridad es el responsable de mantener la paz y la seguridad internacionales, cuenta con quince miembros, de los cuales cinco son permanentes (Estados Unidos, Rusia, China, Reino Unido y Francia) y diez miembros no permanentes.

El derecho al veto en la ONU se aplica en el contexto del Consejo de Seguridad, no en la Asamblea General y solo a favor de los cinco miembros permanentes, lo que significa que pueden bloquear cualquier resolución del Consejo de Seguridad con su voto negativo, incluso si todas las demás naciones miembros votan a favor. La Asamblea General, por otro lado, toma decisiones por mayoría de votos, sin el derecho de veto.

El derecho al veto en el Consejo de Seguridad obstaculiza el funcionamiento efectivo de la ONU, ya que se le confiere a Estados Unidos, Rusia, Francia, Reino Unido y China un poder desproporcionado en la toma de decisiones. Esto refleja la realidad de la posguerra, pero no tiene en cuenta la evolución del poder global, lo que ha llevado a la toma de decisiones sesgadas y no representativas de la comunidad internacional. El veto se ha usado para proteger los intereses nacionales de los miembros permanentes a expensas de los derechos humanos y la justicia en otros lugares. Socavando la misión principal de la ONU de mantener la paz y la seguridad internacionales. El uso del veto, incluso en situaciones de crisis humanitarias evidentes, lleva a la parálisis y la inacción de la ONU y la comunidad internacional, para abordar problemas urgentes.

Las decisiones del Consejo de Seguridad son consideradas vinculantes debido a las disposiciones establecidas en la Carta de las Naciones Unidas y al papel del Consejo de Seguridad en el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales. El Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas confiere al Consejo de Seguridad la facultad de hacer cumplir sus decisiones mediante sanciones o el uso de la fuerza si es necesario.

En contraste, las decisiones de la Asamblea General no son vinculantes. La Asamblea General es un foro donde todos los Estados miembros tienen igualdad de voto, y las resoluciones adoptadas allí son recomendaciones que no tienen el mismo nivel de autoridad que las del Consejo de Seguridad, es decir no tienen peso jurídico en asuntos de seguridad internacional.

Desde hace 75 años, el Pueblo Palestino viene sufriendo un proceso de colonización por parte de Israel. Gaza es una cárcel a cielo abierto. Lo que estamos presenciando desde el 7 de octubre es un plan de limpieza étnica del Estado de Israel mediante ataques militares dirigidos contra la población civil en Gaza y Cisjordania, con la intención de arrojar a dos millones de Palestinos en calidad de refugiados hacia el desierto del Sinaí y hacia Jordania.

 

En solo 24 días, el Estado de Israel ha asesinado y desaparecido a más de 10,000 personas. Entre ellos se encuentran 3,500 niños y niñas, 2,136 mujeres, 29 periodistas y 63 trabajadores de la ONU y 134 personas integrantes de la Misión Médica. Han destruido edificios, escuelas, hospitales, mezquitas e iglesias. Esta semana, incluso bombardearon directamente un campo de refugiados. Este plan de limpieza étnica es un Genocidio, un verdadero holocausto del Pueblo Palestino.

 

El Consejo de Seguridad frente a esta situación sigue jugando un papel nefasto que va en contra vía del objeto misional de la ONU y está promoviendo – ojalá estemos equivocados – un conflicto internacional de la talla de una tercera guerra mundial. Estados Unidos frente al conflicto Israel -Palestina, ha vuelto a utilizar el poder de veto para bloquear una resolución del Consejo de Seguridad.

Estados Unidos vetó una resolución presentada por Brasil al Consejo de Seguridad en la que se pedía que se revocara la orden impuesta por Israel a los civiles y al personal de ONU de evacuar todas las zonas al norte de Gaza y reubicarse en el sur de la franja. La resolución S/2023/773 también pedía pausas humanitarias para permitir el suministro de ayuda a civiles por parte de las agencias de socorro de las Naciones Unidas y sus socios, así como del Comité Internacional de la Cruz Roja y otras organizaciones, y alienta el establecimiento de corredores humanitarios. El proyecto de resolución no era peligroso para Israel ya pedía solamente la apertura de los corredores humanitarios, sin condenar la colonización israelí

La posición de Estados Unidos haciendo uso del derecho al veto se traduce en un apoyo incondicional a Israel desde hace más de medio siglo y de avalar las practicas genocidas y de limpieza étnica que vienen adelantando.

Por otra parte, Estados Unidos no es parte del Estatuto de Roma, que es el tratado que estableció la Corte Penal Internacional (CPI). Por lo tanto, Estados Unidos no está sujeto a la jurisdicción de la CPI, y no tiene la misma relación legal con la corte que los países que han ratificado el tratado. Además, en 2002, Estados Unidos adoptó la Ley de Protección de Personal de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos  o «Ley de Invasión de La Haya», que autoriza al gobierno de Estados Unidos a utilizar «todos los medios necesarios» para liberar a cualquier personal de Estados Unidos detenido por o en nombre de la CPI. Esta ley fue adoptada como una medida de protección para el personal militar y funcionarios de Estados Unidos, en caso de que fueran procesados por la CPI.

Israel tampoco es parte de la CPI, ni ha ratificado el Estatuto de Roma. Por lo tanto, Israel no está sujeto a la jurisdicción de la CPI. La CPI tiene jurisdicción sobre los crímenes de genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y el crimen de agresión, pero su capacidad para investigar y enjuiciar a individuos de un país depende de si ese país es un Estado parte del Estatuto de Roma o si el caso es referido a la CPI por el Consejo de Seguridad de la ONU. Israel cuenta con el derecho al veto de Estados Unidos, su aliado incondicional ante el Consejo de Seguridad de la ONU lo que hasta ahora garantiza plena impunidad a Israel por el Genocidio que comete contra el Pueblo Palestino.

Solo la movilización de los pueblos del mundo para solicitar un alto al Genocidio del Pueblo Palestino podrá evitar la llegada de una nueva era de oscuridad para la humanidad.

El Lawfare a la Colombiana

La oposición al gobierno de Petro aplica con destreza las técnicas del «lawfare» o guerra judicial, una táctica utilizada por la rama judicial y la derecha uribista para socavar al gobierno legítimamente electo. El término «lawfare», derivado de la combinación de «law» (ley) y «warfare» (guerra), originalmente se empleaba en contextos militares para describir el uso de la ley como herramienta en conflictos asimétricos. Sin embargo, su definición ha evolucionado para abarcar el uso de acciones judiciales con el objetivo de causar perjuicio a un adversario político.

En América Latina, el concepto ha cobrado relevancia en casos como los procesos judiciales contra figuras prominentes como Dilma Rousseff y Lula da Silva en Brasil, o las acusaciones de corrupción dirigidas a Cristina Fernández de Kirchner en Argentina y Rafael Correa en Ecuador.

En el contexto colombiano, el lawfare se manifiesta a través de una alianza entre sectores judiciales, medios de comunicación y entidades de derecha o ultraderecha, con el propósito de deslegitimar al gobierno y revertir avances de las reformas progresistas. Esta táctica busca imponer una narrativa de corrupción y desestabilización, presentando acciones judiciales como instrumentos de defensa de la democracia cuando en realidad se trata de una manipulación de la justicia con fines políticos.

El Consejo de Estado y la Corte Constitucional están desempeñando roles protagónicos en el actual escenario antidemocrático de lawfare. Una serie de reformas progresistas propuestas por el gobierno de Petro han sido derribadas mediante acciones judiciales, y han sido destituidos congresistas importantes dentro del proyecto del Pacto Histórico, generando una significativa desestabilización dentro del proyecto de izquierda que llegó al poder.

La sección quinta del Consejo de Estado, el tribunal supremo en asuntos electorales, ha emitido decisiones que han impactado de manera contundente al gobierno. Recientemente, esta sección suspendió al alcalde de Duitama por doble militancia en el Pacto Histórico y anuló el nombramiento del cónsul en México. También, esta sección del Consejo de Estado invalidó la elección de María José Pizarro como primera vicepresidenta del Senado, junto con la elección de cuatro congresistas del Pacto Histórico, incluyendo a Roy Barreras y Alexander López durante sus presidencias en el Senado, y a César Pachón y Luz Marina Munera, destacados líderes de izquierda.

Entre los golpes más duros que la Corte Constitucional ha dado en contra de las reformas del gobierno Petro se destacan los siguientes:

  • Declarar inexequible la Ley 2281 de 2023, que creó el Ministerio de Igualdad y Equidad, por considerar que hubo vicios de trámite en su estructuración, ya que no se realizó un correcto análisis de su impacto fiscal.
  • Declarar la inexequibilidad del Decreto 1085 de 2023, que declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica (EESE) en La Guajira.
  • La reforma tributaria del gobierno Petro ha experimentado modificaciones abruptas. La Corte Constitucional dejó sin efecto el párrafo 1 del artículo 19, el cual había eliminado la deducibilidad del impuesto de renta sobre las regalías que pagan las petroleras y empresas mineras al Estado por el aprovechamiento de recursos en el subsuelo. Esto resultó en una pérdida de cerca de 5 billones de pesos en impuestos a favor de multinacionales extranjeras. Además, por vicios de trámite en el Congreso, la Corte Constitucional tumbó el artículo 95 de la reforma tributaria, que establecía una contribución para beneficiar a estudiantes con créditos del Icetex. Asimismo, el tribunal Constitucional declaró inexequible el inciso 2º del artículo 96 de la reforma tributaria, que prorrogaba hasta el 31 de diciembre los efectos de decretos legislativos expedidos por el gobierno de Iván Duque en el marco de la pandemia del Covid-19 sobre insolvencia de las empresas. Condicionó la aplicación de una sobretasa contemplada en la reforma tributaria a personas y entidades dedicadas a generar energía eléctrica como actividad económica principal, aplicable entre los años 2023 y 2026. También fue declarado inexequible el aparte de la reforma que establecía que, para reducir el impuesto de renta, las empresas en zonas francas debían aumentar las exportaciones y suscribir un plan de internacionalización.
  • La Corte Constitucional declaró inexequible el cambio de nombre de fuerza aérea a fuerza aeroespacial propuesto por el ministerio de defensa y determinó que este último no tenía la facultad para cambiar el nombre mediante una ley ordinaria, ya que este aspecto estaba establecido en el artículo 217 de la Constitución política.

La Procuraduría General también es protagonista en la guerra judicial que se libra contra el gobierno del cambio. La bancada del Pacto Histórico expresó preocupación por lo que consideran una persecución de la Procuraduría hacia funcionarios del gobierno. Respaldaron a Luis Guillermo Pérez Casas, sancionado con destitución e inhabilidad por 12 años. Consideran la decisión cuestionable y sugieren motivaciones políticas detrás de la acción de la Procuraduría. Advierten sobre una tendencia de persecución por parte del Estado, interpretándola como un «golpe blando» contra el gobierno.

Además, es importante recordar que la Procuraduría General de la Nación extendió por tres meses la suspensión provisional del ministro de Relaciones Exteriores, Álvaro Leyva Durán, debido a presuntas irregularidades durante el proceso de licitación de pasaportes.

La Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes está llevando a cabo varias investigaciones contra el presidente Gustavo Petro por presunta financiación irregular de su campaña presidencial de 2022, así como por delitos de lavado de activos y dudosa procedencia de los fondos de campaña. Estas investigaciones se basan en denuncias sobre ingresos ilegales de dinero y aportes adicionales. Alirio Uribe del Pacto Histórico lidera la investigación sobre ingresos irregulares. También se están investigando conversaciones entre Armando Benedetti y Laura Sarabia sobre la obtención de fondos en la costa Caribe.

Y como si no fuera suficiente, los nueve magistrados del Consejo Nacional Electoral evaluarán y votarán una ponencia de 313 páginas presentada este miércoles 8 de mayo por los magistrados Benjamín Ortiz y Álvaro Hernán Prada, que imputa cargos a la campaña presidencial de Gustavo Petro por violar los topes electorales. La ponencia también señala a Ricardo Roa, exgerente de la campaña y actual presidente de Ecopetrol.

En conclusión, el fenómeno del «lawfare» es una poderosa herramienta para debilitar gobiernos progresistas en América Latina, y Colombia no es una excepción. A través de una combinación de acciones judiciales selectivas, manipulación mediática y alianzas políticas, sectores de la derecha están buscando minar la legitimidad y el avance de las agendas progresistas. En este contexto, el gobierno de Gustavo Petro ha enfrentado una serie de obstáculos legales y políticos que dificultan la capacidad para implementar reformas y avanzar en su agenda. El lawfare es la antesala del Golpe de Estado y solo el poder constituyente primario que sale a las calles materializado en una asamblea constituyente será la única alternativa para salvar la democracia colombiana.

Por: Sofía López Mera, abogada, periodista y defensora de derechos humanos de la Corporación Justicia y Dignidad

 

¡Comisión de esclarecimiento YA!

Por: Sofía López Mera, Abogada, periodista y defensora de derechos humanos de la Corporación Justicia y Dignidad.

En el contexto de la conmemoración de los tres años del estallido social en Colombia, las víctimas y organizaciones sociales que han sufrido la represión del gobierno de Iván Duque se reunieron con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Su objetivo fue solicitar apoyo para la creación de la Comisión de Esclarecimiento de los Hechos del Estallido Social de 2021, así como pedir una audiencia temática durante el 190º periodo de sesiones, que se celebrará en la sede de la CIDH en Washington DC en julio de este año.

Las víctimas y organizaciones de los departamentos de Risaralda, Valle del Cauca, Cauca y Nariño denunciaron la violencia sufrida y los mecanismos de impunidad instaurados por la Fiscalía General de la Nación. Se destacaron las amenazas, persecuciones y hostigamientos recibidos por las víctimas que denunciaron los hechos, así como la falta de funcionamiento de los mecanismos de garantías para la protesta social y la mesa de víctimas de la fuerza pública que se caracterizan por la escasa participación de las regiones.

Durante el encuentro con la CIDH, se resaltaron los incumplimientos del Estado de Colombia respecto a las recomendaciones emitidas por este organismo durante su visita de trabajo en 2021. Se puso énfasis en la persistencia de mecanismos de impunidad en el suroccidente del país, especialmente en la ineficacia de la Fiscalía General de la Nación para identificar y sancionar a los responsables, tanto agentes estatales como no estatales, que perpetraron graves violaciones a los derechos humanos, especialmente contra los jóvenes manifestantes. Se denunciaron las deficiencias en los procesos forenses llevados a cabo por el Instituto de Medicina Legal, señalando que estas instituciones parecen estar más enfocadas en montajes judiciales contra los jóvenes que en buscar justicia para las víctimas de las violaciones a los derechos humanos.

Se resaltó la situación de desamparo en la que se encuentran las víctimas, muchas de las cuales han sido sometidas a múltiples desplazamientos forzados tras presentar sus denuncias. Sin embargo, se ha encontrado obstáculos para recibir atención humanitaria por parte de la Defensoría del Pueblo y la Unidad de Víctimas, argumentando que no califican como víctimas del conflicto

 

 

rmado. Es fundamental aclarar que estas personas son víctimas de acciones irregulares perpetradas por la Policía Nacional y los escuadrones paramilitares conformados durante el paro nacional.

Durante la reunión se pusieron de relieve casos específicos de violencia, como los homicidios de Michael Aranda y Daniel Sánchez, llevados a cabo por la policía el 28 de mayo en Siloé, así como el atentado contra la Minga indígena el 9 de mayo, que dejó gravemente heridos a 8 comuneros indígenas, en estos hechos criminales participaron tanto la policía como de individuos armados de civil. También se mencionó el trágico asesinato de Angie Valencia en el sector de Calipso y el caso de Lucas Villa en el viaducto de Pereira. Además, se abordaron los casos de desapariciones forzadas en el Valle del Cauca durante el paro nacional, así como la persecución de los jóvenes líderes de las protestas y su actual situación de indefensión.

Se señalaron los hechos ocurridos el 28 de mayo en Pasto, Nariño, que dejaron un número indeterminado de heridos, incluido Cristian Yovani Bastidas, quien fue víctima de mutilación ocular y posteriormente se suicidó debido a las profundas afectaciones emocionales que sufrió. En el departamento del Cauca, se denunciaron los ataques sufridos por defensores de derechos humanos y periodistas, quienes a pesar de haber informado a la Defensoría del Pueblo sobre los actos de agresión, hostigamiento y amenaza durante el paro en Popayán, no vieron avances en las investigaciones.

También se denunciaron las prácticas racistas que quedaron instaladas desde el paro nacional, donde a los miembros de pueblos indígenas se les prohibió el acceso a ciertos lugares exclusivos de la ciudad de Cali, así como los ataques a las sedes del Consejo Regional Indígena del Cauca y sus instalaciones de salud en Popayán por parte de sectores extremistas que reprimen la protesta social.

El Paro Nacional de 2021 fue una acción política importante que llevó al presidente Gustavo Petro al cargo, pero las víctimas del estallido social se sienten abandonadas y enfrentan una desesperanzadora impunidad. Por esta razón la Comisión de Esclarecimiento de los Hechos del Paro busca establecer los derechos a la verdad, la justicia y la reparación integral de las víctimas, así como garantizar la no repetición de los hechos.

Este viernes, las víctimas del suroccidente y sus organizaciones presentarán la propuesta de la Comisión de Esclarecimiento de los Hechos del Paro Nacional ante los Ministerios de Defensa y Justicia. Además, están a la espera de una reunión con el Vice Ministerio de Juventudes para abordar esta importante iniciativa.

En América Latina, se han establecido diversas comisiones de esclarecimiento para abordar casos de violaciones a los derechos humanos y corrupción. Por ejemplo, la Comisión para la Verdad y Acceso a la Justicia en el caso Ayotzinapa fue creada en 2014 por el presidente mexicano Enrique Peña Nieto, tras la desaparición de 43 estudiantes en Iguala, México. Esta comisión, integrada por expertos nacionales e internacionales en derechos humanos y criminología, se encargó de investigar los hechos de manera independiente.

Otro ejemplo es la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), establecida en 2006 mediante un acuerdo entre el gobierno guatemalteco y la ONU. La CICIG tenía como objetivo apoyar al Estado de Guatemala en la lucha contra la impunidad, fortaleciendo las instituciones para combatir la corrupción y el crimen organizado. Cabe destacar que en esta comisión participaron destacados profesionales como el actual ministro de defensa de Colombia, Iván Velásquez, y la actual Fiscal General de la Nación, Adriana Camargo.

Considerando la relevancia y el éxito de iniciativas similares en la región, se espera que la propuesta de las víctimas del estallido social sobre la creación de una comisión de esclarecimiento sea bien recibida por el gobierno nacional y se inicien las rutas para el restablecimiento de los derechos de las víctimas.

¡Comisión de esclarecimiento Ya !

Racismo estructural y extermino de los pueblos indígenas en Colombia

Por: Sofía López Mera, Abogada Defensora de Derechos Humanos y Periodista de la Corporación Justicia y Dignidad.

El desconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas en Colombia es desconcertante. Para periodistas y lideres políticos de derecha, los pueblos indígenas deben estar confinados en sus territorios a merced de la guerra y situaciones de extrema pobreza. Este desconocimiento ha derivado en actos de racismo estructural que promueven el exterminio étnico.

El racismo estructural se refiere a un sistema de desigualdad arraigado en las instituciones y estructuras sociales, políticas y económicas. Se manifiesta en prácticas y políticas, que a menudo, de manera inadvertida, favorecen a ciertos grupos étnicos mientras marginan a otros. Este tipo de racismo puede ser particularmente insidioso, ya que no siempre es obvio y a menudo se esconde detrás de la apariencia de la neutralidad. El racismo es un problema profundamente arraigado en la sociedad que ha persistido a lo largo de la historia y es una poderosa fuerza que perpetúa la desigualdad y, promueve el exterminio de minorías étnicas en todo el mundo.

El racismo estructural y el exterminio del pueblo judío representan un ejemplo trágico de cómo la discriminación sistémica puede llevar a consecuencias devastadoras. A medida que los nazis tomaron el control del gobierno alemán, promulgaron leyes antisemitas que excluían a los judíos de la vida pública, les negaban derechos civiles y promovían la segregación. Esto incluyó la prohibición de empleos, la eliminación de propiedad, y la creación de guetos para confinar a la población judía. Estas políticas se intensificaron gradualmente hasta llegar al exterminio planificado y sistemático conocido como el Holocausto. Este acto atroz de genocidio es un ejemplo extremo de cómo el racismo estructural puede desencadenar consecuencias inhumanas.

En este momento existe un gran escándalo mediático promovido por el congresista Jonathan Ferney Pulido Hernández, más conocido como “Jota Pe Hernández” el “youtuber”. Con bombos y platillos denunció ante el congreso que el Gobierno, en cabeza del presidente Gustavo Petro, hace millonarias transferencias a las comunidades y organizaciones indígenas. Las denuncias del congresista además de infundadas constituyen un patrón de racismo estructural que promueve el odio y el exterminio.

Desde la promulgación de la Constitución Política en 1991 se contempló la creación de las Entidades Territoriales Indígenas, y que las mismas se conformarían de acuerdo a lo que dispusiera la ley orgánica de ordenamiento territorial.

Con la ley orgánica de ordenamiento territorial se buscaba reconocer los desequilibrios en el desarrollo económico, social y ambiental que existen entre diferentes regiones geográficas de nuestro país, así como crear instrumentos para superar dichos desequilibrios mediante la determinación de competencias entre la Nación y las entidades territoriales. Con base en lo anterior, el legislador expidió la ley 388 de 1997, donde se definieron los lineamientos técnicos, políticos, administrativos y jurídicos relacionados con el proceso de ordenamiento territorial de los municipios y/o distritos. No obstante, solo hasta la expedición de la ley orgánica de ordenamiento territorial, la ley 1454 de 201, se estableció el marco regulatorio en esta materia, pero no se reguló lo ordenado por la constitución política frente a las Entidades Territoriales Indígenas, y la Corte Constitucional en la Sentencia C-489 de 2012, estableció que existe una omisión legislativa absoluta en relación con este tema y configura una discriminación institucional contra una minoría étnica.

Para subsanar dicha omisión legislativa, el Gobierno nacional, en cabeza del presidente Juan Manuel Santos expidió los decretos 1953 de 2014 y 0632 de 2018, donde se creó un régimen especial con el fin de poner en funcionamiento, de manera transitoria, los Territorios Indígenas. Es importante aclarar que esta regulación solo se logra mediante el ejercicio de protesta social que realiza el movimiento indígena en Colombia.

Estos decretos desarrollan la administración de los sistemas propios de los pueblos indígenas, estableciendo funciones, mecanismos de financiación, control y vigilancia, así como el fortalecimiento de la jurisdicción especial indígena, con el fin de proteger, reconocer, respetar y garantizar el ejercicio y goce de los derechos fundamentales de los Pueblos Indígenas al territorio, autonomía, gobierno propio, libre determinación, educación indígena propia, salud propia, y al agua potable y saneamiento básico.

Es importante resaltar que mediante el Decreto 982 de 1999, se creó una Comisión para el desarrollo integral de la política indígena y adoptó medidas para obtener los recursos necesarios para la misma, y que mediante el decreto 1811 de 2017, se establecieron los mecanismos eficaces para garantizar la participación de los Pueblos Indígenas del Cauca organizados en el CRIC, en los sectores sociales de inversión a través de las iniciativas de política pública indígena propuesta por el gobierno y los mecanismos de cumplimiento y seguimiento.

Desde la presidencia de finales de la década de los 90 producto de la movilización social de los pueblos indígenas se construyen marcos normativos para la conformación de Entidades Territoriales Indígenas, y esto se hace mediante la financiación de la política pública indígena. No sabemos entonces, si las denuncias infundadas del congresista JP Hernández se hacen por desconocimiento legal – realmente es muy lamentable que un legislador desconozca el ordenamiento jurídico colombiano- o hacen parte de la estrategia de racismo soterrado y estructural que promueve en el fondo el exterminio de nuestros pueblos indígenas.

Este tipo de señalamientos alientan a la población a estigmatizar a los pueblos indígenas, a promover el odio hacia esta minoría étnica, que se puede leer por ejemplo en los trinos calumniosos del político nieto de Laureno Gomez, que señala:

  • “Llenar plazas con los milicianos de los grupos narcos que están beneficiando no resulta tan complicado: el desgobierno les cumple dejándolos delinquir, traficar, secuestrar, asesinar y arrinconar a la población civil, lo único que deben hacer ellos es llenar buses y todo a costillas del erario. #LasMarchasSon un mar de cinismo entre los cabecillas del Pacto Histórico”
  • “Dos décadas de educación etnocéntrica nos dejan a jóvenes entregados a los milicianos de fácil instrumentalización que le sirven a los tierreros, okupas y demás yerbas marxistas enfocadas a acabar con la propiedad privada en Colombia. Son indígenas de alquiler que se suman a contratistas de ocasión que salen orgullosos a decirnos que se malgastan nuestro dinero en la oda al ególatra Petro”
  • “Es nuestro deber cuidar y reportar en cada una de las ciudades donde el autócrata desplegó con el dinero de nuestros impuestos a las narcoguerrillas camufladas de movimientos sociales e indígenas.”

Otra muestra de este ejercicio desdeñoso son los comentarios desafortunados del periodista Gustavo Gómez de Caracol Radio que indico:

-“De lejos parecen borregos. Se acerca uno, como le sucedió a esta oyente, y se descubre que es gente”, haciendo alusión a los indígenas que participaron de la Minga.

Es importante recordar también lo dicho en este mismo año por el cuestionado político y sub júdice, Alvaro Uribe Velez, en contra de la Guardia Indígena, proceso por el cual tiene aperturada investigación en la Fiscalía General de la Nación donde señaló de grupo paramilitar a la guardia indígena:

-“Qué nos preocupa con las guardias campesinas y que nos preocupa con las guardias indígenas que se van constituyendo como ejércitos privados desafiantes, que sustituyen o van a hacer alternativos a las fuerzas armadas institucionales que se están derivando en el paramilitarismo cualquiera sea su orientación ideológica, hay que evitarlo”.

 

No podemos ser indiferentes ante el racismo estructural que promueven la derecha y los medios de comunicación en nuestro país. Es crucial reconocer la existencia de este problema y trabajar para desmantelar las estructuras y políticas que lo perpetúan para avanzar hacia una sociedad más justa e igualitaria para todas las personas, independientemente de su origen étnico.

 

Crisis en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) Parte uno: Sin justicia restaurativa no hay Paz

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ha experimentado un proceso de deslegitimación y crisis, con una creciente desviación de los principios de la justicia restaurativa. Esta situación ha sido denunciada por diversas figuras políticas, incluyendo al presidente de la república, al suspendido canciller, al exsecretariado de las FARC y hasta el mismo Consejo de Seguridad de Naciones Unidas ONU.

El presidente Petro reafirmó el compromiso del Estado colombiano con los términos del acuerdo de paz en una carta enviada a la Asamblea de las Naciones Unidas el pasado 20 de octubre de 2023. Sin embargo, en esta carta, Petro también expresó duras críticas hacia la JEP, instándola a cumplir sin dudas las normas que la crearon para garantizar la justicia. El presidente destacó la importancia de que la JEP aplique el mandato universal y garantista de la favorabilidad penal, así como el derecho a la amnistía en los términos pactados.

Por su parte el canciller suspendido Álvaro Leyva también criticó a la JEP durante una presentación ante el Consejo de Seguridad de la ONU. Leyva señaló que la JEP se estaba alejando de las normas establecidas con el esfuerzo conjunto, dejando de lado principios fundamentales a favor de las víctimas, como la verdad, la reparación y la no repetición.

En el mes de febrero de 2024 siete antiguos miembros del secretariado de las FARC han enviado una carta al presidente Gustavo Petro, expresando sus preocupaciones sobre la implementación del Acuerdo de Paz, particularmente en relación con la JEP. La misiva, que coincidió con la visita del Consejo de Seguridad de la ONU, denuncia que la JEP está apartándose del espíritu del acuerdo, lo que genera inseguridad jurídica para los excombatientes.

Los puntos críticos de la denuncia son:

  1. Los excombatientes argumentan que la JEP ha adoptado una interpretación propia del acuerdo, llevándolo hacia un enfoque judicial punitivo, alejado del espíritu original del acuerdo de paz.
  2. Los excomandantes critican el enfoque de la JEP en la resolución de macrocasos, argumentando que esto contradice la ley estatutaria del tribunal, que establece la necesidad de una resolución única de conclusiones.
  3. Expresan preocupación por la lentitud en la resolución de solicitudes de amnistía por parte de la JEP. De un total de 4.485 solicitudes tramitadas, solo 688 han sido concedidas, mientras que 3.804 han sido negadas. Esta situación, afirman, afecta la confianza en el proceso de paz y podría tener consecuencias negativas para la estabilidad del país.
  4. Los excomandantes argumentan que la vinculación de exintegrantes de bajo rango en las investigaciones va en contra del objetivo de buscar a los máximos responsables y centra el esfuerzo en casos menos representativos. Esto, afirman, genera desconfianza en el proceso de paz.
  5. Denuncian una supuesta vulneración al debido proceso y a la presunción de inocencia por parte de la JEP, al tener la capacidad de expulsar de manera repentina a los comparecientes si considera que ha habido incumplimientos graves. Esto, según los exjefes guerrilleros, niega la posibilidad de ejercer el derecho de defensa y contradecir la prueba.

Los excomandantes concluyen que estas preocupaciones ponen en riesgo el Acuerdo de Paz, generando falta de confianza y violando principios del Derecho Internacional Humanitario. Asimismo, instan al presidente Petro a abordar estas preocupaciones para garantizar la seguridad jurídica y la estabilidad del proceso de paz en Colombia.

En la sesión del Consejo de Seguridad de la ONU del 9 de abril de 2024, durante la presentación del informe trimestral de la Misión de Verificación de la ONU en Colombia, se produjo un llamado por parte de la mayoría de los países que integran el Consejo de Seguridad a la JEP. En este llamado se instó a la JEP a aplicar de manera irrestricta los principios de la justicia restaurativa, señalando que la aplicación de principios de carácter punitivo desnaturaliza lo acordado en el acuerdo de paz del 2016.

En respuesta a las crecientes controversias en torno a la JEP, el Gobierno ha anunciado un acuerdo con la Corte Penal Internacional (CPI) como parte de sus esfuerzos por abordar estas preocupaciones. Este acuerdo, revelado después de un encuentro entre el Canciller encargado, Luis Gilberto Murillo, y el Fiscal de la CPI, Karim Khan, tiene como objetivo fortalecer la cooperación y complementariedad en materia judicial entre Colombia y las autoridades internacionales.

La iniciativa busca encontrar salidas a las disputas y desafíos que han surgido en torno a la implementación de la JEP, especialmente con respecto a su enfoque y procedimientos. En particular, se enfatiza la necesidad de incorporar el enfoque restaurativo en las jurisdicciones ordinaria y transicional, así como medidas para garantizar la reparación integral a las víctimas del conflicto armado.

Este acuerdo representa un paso para abordar las preocupaciones planteadas por los firmantes del Acuerdo de Paz y otros actores interesados en el proceso de reconciliación y justicia en Colombia.

La JEP está atravesando una crisis, por la influencia de intereses afines a la derecha que buscan desmantelar los acuerdos de paz alcanzados en 2016. Existe una preocupación creciente de que el lema de «hacer trizas la paz» se esté infiltrando en la JEP, un sistema en el que muchos firmantes del acuerdo depositan su esperanza.

Además, en las mesas de paz instaladas en el marco del proceso de paz, se está explorando la posibilidad de no crear más mecanismos de justicia transicional y de aplicar el modelo de la JEP en futuros acuerdos de paz. Sin embargo, la persistencia de intenciones punitivas dentro de la JEP podría obstaculizar estos esfuerzos y minar la confianza en el sistema de justicia transicional.

En varias regiones del suroccidente colombiano se ha informado por delegados del gobierno nacional que se está contemplando la posibilidad de aplicar el modelo de la Ley 975 de 2005, también conocida como la Ley de Justicia y Paz, para los combatientes del Ejército de Liberación Nacional (ELN) que participen en los procesos de diálogos de paz. Sin embargo, esta medida ha suscitado diversos interrogantes, dado que es poco probable que dichos combatientes acepten cumplir una pena mínima de ocho años de cárcel, tal como establece este modelo de justicia transicional. En este contexto, la única alternativa viable en caso de no implementarse un mecanismo de justicia transicional propio, sería la JEP. Sin embargo, la JEP ha sido objeto de duras críticas por parte de diversos sectores, principalmente debido a su negativa masiva a conceder amnistías a los firmantes del acuerdo de paz.

La firma apresurada de los acuerdos de paz en 2016 ha generado una serie de situaciones complejas, incluyendo la formación de grupos armados disidentes y la improvisación de un sistema de justicia que no ha logrado cumplir con las expectativas ni de firmantes de paz ni de las víctimas de crímenes de Estado.

En un próximo artículo, se explorará más a fondo el impacto nefasto de este modelo de justicia transicional en las víctimas, que no han encontrado ni verdad, ni justicia, ni reparación integral en el sistema actual.

Por: Sofía López Mera, abogada y periodista, defensora de derechos humanos de la Corporación Justicia y Dignidad.

 

Hallazgos y recomendaciones preliminares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre la situación de Colombia.

Por invitación del presidente Gustavo Petro, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos realizó una visita in loco en Colombia con el propósito de observar los impactos de las distintas formas de violencia en la situación de los derechos humanos. La delegación que condujo la visita estuvo liderada por la Presidenta de la CIDH, Comisionada Roberta Clarke; el segundo vicepresidente y Relator para Colombia, José Luis Caballero; los Comisionados Stuardo Ralón y Arif Bulkan, y las Comisionadas Andrea Pochak y Gloria De Mees, junto a la Secretaria Ejecutiva, Tania Reneaum, la Secretaria Ejecutiva Adjunta, María Claudia Pulido, la Jefa de Gabinete, Patricia Colchero, y especialistas de la Secretaría Ejecutiva. Así mismo, integraron la delegación los Relatores Especiales para la Libertad de Expresión, Pedro Vaca, y sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Javier Palummo.

La delegación visitó la ciudad de Bogotá y los departamentos de Antioquia, Cauca, Chocó, La Guajira, Magdalena, Nariño, Putumayo y Valle del Cauca. En dichos lugares, la CIDH se entrevistó con autoridades de los diferentes poderes del Estado y se escuchó a organizaciones de la sociedad civil, grupos indígenas y afrocolombianos, activistas, personas defensoras y con liderazgo social y comunitario, sindicatos y gremios empresariales, así como de partidos políticos. La CIDH también visitó algunos de los principales centros de reclusión del país.

En la rueda de prensa del viernes 19 de abril, la CIDH presentó sus observaciones preliminares destacando varios aspectos de la crítica situación de derechos humanos y humanitaria que padece Colombia.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos indicó que Colombia, un país caracterizado por desigualdades extremas y arraigada pobreza, enfrenta una compleja transformación socioeconómica en medio de prácticas históricas de racismo y discriminación de clases. La presencia de grupos armados delincuenciales en territorios vulnerables agrava esta situación, generando un clima de violencia que socava los derechos humanos en el país.

El acuerdo de paz de 2016, centrado en el abandono de armas, la justicia transicional y el dejar las economías ilegales, se percibía como un punto de inflexión hacia una sociedad más justa e incluyente. Sin embargo, la implementación de estas acciones ha enfrentado  obstáculos significativos, incluida la persistencia de la violencia contra firmantes de paz,  defensores de derechos humanos y líderes sociales.

Las comunidades indígenas, afrocolombianas, raizales y palenqueras, así como el pueblo ROM, han sido sistemáticamente excluidas. Además, el patriarcado ha instaurado una jerarquía de género que subyuga a mujeres, adolescentes, niñas y personas LGBTI. Esta discriminación se agudiza al entrelazarse con factores económicos, fortaleciendo así la exclusión social y política.

En las áreas habitadas principalmente por comunidades étnicas, persisten una serie de problemas graves, como asesinatos, amenazas a líderes y lideresas, reclutamiento forzado de niños, niñas y adolescentes, y un aumento en la extorsión y el secuestro. La presencia y control territorial de los grupos armados han llevado a situaciones de resistencia, confinamiento y desplazamiento interno de la población, lo que representa una crisis que amenaza la identidad cultural y la supervivencia de estas comunidades

Las mujeres y personas LGBTI, especialmente aquellas pertenecientes a comunidades indígenas, afrodescendientes, campesinas con discapacidad o en situación de movilidad, continúan siendo víctimas de violencia sexual y reproductiva en las áreas rurales bajo control de grupos armados.

A pesar de que  a pesar de que los grupos étnicos, mujeres y población LGBTI sufren de manera desproporcionada los impactos de los conflictos, siguen siendo excluidos de manera sistemática de participar equitativamente en los procesos de paz y en la gobernanza. Además, enfrentan mayores barreras para acceder a la educación, la tierra y otros recursos productivos.

La raíz del conflicto armado en Colombia, así como de las recientes manifestaciones masivas en 2019, 2020 y 2021, reside en la desigualdad y la discriminación arraigadas en el país. En muchos territorios rurales, el Estado tiene una presencia mínima, lo que resulta en la falta de seguridad, servicios sociales, acceso a la educación e infraestructuras básicas. Los grupos armados aprovechan esta vulnerabilidad para reclutar principalmente a niñas, niños y adolescentes.

El conflicto armado en Colombia, desideologizado y centrado en economías ilícitas como la minería ilegal y el tráfico de drogas y de personas, ha generado violencia indiscriminada, reclutamiento forzado de niños, niñas y adolescentes, y desplazamiento interno masivo. La falta de presencia estatal en zonas rurales profundiza la inseguridad y la exclusión.

Además, la crisis humanitaria se agrava con el flujo masivo de personas en movimiento, incluyendo venezolanos, haitianos, ecuatorianos y personas de otros países fuera de la región, lo que incrementa el riesgo de trata de personas, explotación sexual y otras formas contemporáneas de esclavitud.

A pesar de los avances en la implementación del acuerdo de paz, no existe una efectiva coordinación entre entidades gubernamentales para la ejecución de las medidas acordadas. Es necesario priorizar la participación efectiva de las comunidades étnicas en la implementación y garantizar la protección de los derechos de quienes participan en el proceso de paz.

La continuidad de estos problemas se atribuye a la impunidad sistemática, que implica una falta de diligencia en las investigaciones y una falta de identificación y sanción de los responsables intelectuales incluso cuando hay condenas. La impunidad sistemática en Colombia supone un obstáculo significativo para la justicia y la superación de violaciones de derechos humanos. Es fundamental fortalecer la coordinación entre autoridades y garantizar una investigación y sanción efectivas de los responsables de violaciones de derechos humanos.

Además, la Comisión Interamericana visitó centros de detención y observó condiciones inaceptables a pesar de los esfuerzos para tratar a la población penitenciaria.

Los testimonios recopilados de diversas regiones del país reflejan la angustia, la incertidumbre y el sufrimiento que experimentan frente a la violencia reinante, la imposición del dominio territorial por parte de grupos armados y la convivencia forzada con ellos. Todo esto se desarrolla en un contexto de abandono histórico por parte del Estado.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos recomendó al Estado de Colombia lo siguiente:

  • Desarrollar políticas redistributivas que garanticen el acceso pleno a los derechos y disminuyan la desigualdad en Colombia.
  • Cumplir con la obligación internacional de proteger la vida y la integridad de las personas en todo el territorio nacional, especialmente en las zonas donde se hayan decretado ceses al fuego bilaterales, alineando las nuevas negociaciones con grupos armados a la ruta establecida en el acuerdo de paz de 2016.
  • Priorizar el debate constructivo y los consensos en el Congreso para la aprobación de leyes necesarias para la implementación del acuerdo de paz, incluyendo la reforma a la ley de víctimas.
  • Exhortar a la fiscalía general de la nación y al poder judicial a investigar, juzgar y sancionar a los responsables de graves violaciones de Derechos Humanos.
  • Fortalecer la coordinación entre autoridades nacionales, departamentales y municipales, garantizando la participación efectiva de las comunidades en el desarrollo de proyectos productivos, infraestructura, acceso al agua, construcción de vías de comunicación y oferta de alternativas para todas las personas, especialmente la juventud.

La CIDH espera que el Estado y la sociedad en su conjunto pueden lograr los acuerdos sociales y políticos necesarios para impulsar las transformaciones que permitan alcanzar la paz y garantizar la vigencia de los Derechos Humanos en Colombia. Reconociendo que esto requerirá de un compromiso firme con el diálogo participativo y el respeto a los derechos humanos en todas las esferas de la sociedad colombiana.

Por: Sofía López Mera, abogada y periodista, defensora de derechos humanos de la Corporación Justicia y Dignidad.

No hay voluntad para la Paz Total, recrudecimiento de la guerra en el Cauca

Por: Corporación Justicia y Dignidad

Una semana de horror ha vivido el departamento del Cauca, asesinatos de lideres, atentados terroristas, denuncias de reclutamiento forzado y combates entre grupos armados, ocurren en medio de un supuesto cese al fuego que está vigente para el departamento del Cauca y en el marco de las negociaciones de Paz que se llevaron a cabo en el municipio de Suarez, con las estructuras del Estado Mayor Central (EMC) de las FARC.

El 13 de septiembre el Consejo Regional Indígena del Cauca -CRIC, denunció que continua la practica de reclutamiento forzado de indígenas menores de edad en el resguardo de San Lorenzo Caldono.

En la noche del domingo 17 de septiembre se registró en el municipio de Miranda, Cauca el homicidio de José Arley Cruz Chocue, autoridad tradicional del resguardo indígena Kwe’sx Yu Kiwe del municipio de Florida, Valle del Cauca. El dirigente indígena fue asesinado por hombres armados, cuando se desplazaba en su motocicleta desde la cabecera municipal de Miranda hacia el municipio de Corinto, Cauca.

Así mismo, durante los días 19 y 20 de septiembre en la región del macizo colombiano, en el municipio de La Vega, se registraron fuertes enfrentamientos entre las disidencias de las Farc y el Eln, en donde al parecer hay diez combatientes muertos. Los enfrentamientos ocurrieron en el sector de Hueco Hondo, ubicado en el corregimiento Santa Juana.

El 20 de septiembre en la localidad de Timba, corregimiento de Buenos Aires, cerca de las 7 de la mañana un carro bomba explotó a 50 metros de la estación de la Policía. En el ataque fueron asesinadas dos personas, y dejó otras dos personas heridas. Una de las víctimas mortales fue Luz Stella Balanta Solís, era profesora, y se dirigía a la escuela en el momento de la explosión. La estación de policía atacada se encuentra cerca de un hospital que quedó parcialmente destruido, de una escuela que sufrió daños por la explosión, al igual que varios negocios cercanos.

Los otros dos atentados se realizaron a menos de 20 kilómetros de Timba, una base militar en el municipio de Suárez y una estación de Policía en el municipio de Santander de Quilichao fueron atacadas con explosivos, en ninguno de los hechos se registraron víctimas. Además, las autoridades locales desactivaron un cilindro bomba debajo de un puente peatonal en el sector de San Rafael, justo al norte de Santander de Quilichao, sobre la vía Panamericana. Tanto el presidente de la república como el gobernador responsabilizaron de los hechos a la columna “Jaime Martínez” de las disidencias que operan en la zona y que integran el EMC de las Farc.

Para el presidente Gustavo Petro, la actual arremetida del EMC se presenta como retaliación por la expulsión de la columna “Carlos Patiño” del cañón de Micay del municipio de Argelia Cauca.

La presencia de la columna “Carlos Patiño” se trasladó al macizo colombiano en donde ya se registran fuertes combates. Así mismo están presionando a la inerme población campesina para que salgan a marchar a la ciudad de Popayán exigiendo el retiro del ejército del municipio de Argelia. Por su parte, la columna “Dagoberto Ramos” aún se encuentra realizando prácticas de reclutamiento forzado en el norte del Cauca, y no ha llegado noticia alguna sobre la desarticulación del centro operacional de entrenamiento de menores reclutados que instalaron en el municipio de Toribio.

Esta nueva ola de atentados ocurre en el marco de un cese al fuego vigente, es importante recordar que la suspensión del cese al fuego hecha por el presidente en el mes de mayo, luego del reclutamiento y asesinato de cuatro niños indígenas del pueblo Murui en el Putumayo por parte de las estructuras del EMC cobijaba solo a los departamentos de Putumayo, Caquetá, Guaviare y Meta. Es decir, en el departamento del Cauca existe un acuerdo de cese al fuego.

También ocurren cuando el Gobierno y el EMC anunciaran el 19 de septiembre desde el municipio de Suarez la instalación de una mesa de diálogos de paz en Tibú para el 8 de octubre en donde se ha pactado también empezará un cese al fuego bilateral que durará 10 meses. En un comunicado conjunto, el EMC y el Gobierno precisaron que el acuerdo tendrá “como marco de referencia el respeto al derecho internacional humanitario y en particular el protocolo adicional II de 1977, adicional a los Convenios de Ginebra”.

En reunión que se llevó a cabo en el departamento del Caquetá entre el 11 y 12 de agosto, en la que participaron el Alto Comisionado para la Paz, Danilo Rueda, funcionarios de la ONU, de MAPP OEA, delegados del Gobierno nacional y delegados de las EMC, se llegaron a tres acuerdos: El primer acuerdo es la fecha de la instalación de la mesa de diálogos, que sería el 17 de septiembre; el segundo acuerdo, trata de que ese mismo 17 de septiembre comenzaría el cese al fuego bilateral, nacional y de carácter temporal, que tendría una vigencia de seis meses; el tercer acuerdo consistente en que mientras llega ese cese al fuego, se pactó un cese de operaciones ofensivas a partir del jueves 17 de agosto, es decir 6 días después de la mencionada reunión.

Los acuerdos del cese al fuego no tienen fecha cierta de inicio ni de culminación y aun no existe el mecanismo de veeduría, monitoreo y verificación que se pactó con las EMC desde principio de este año. No existe unidad de mando en las estructuras del EMC en el departamento del Cauca, estas disidencias de las FARC actúan descoordinadamente y están conformadas por ejércitos de niños y jóvenes fuertemente armados y atomizados. Los acuerdos que pactan con el Gobierno son abruptamente incumplidos por sus diferentes frentes y se traducen en control territorial, paros armados, combates con otros grupos armados, amenaza y asesinatos a lideres sociales e indígenas y nuevos desplazamientos forzados y confinamientos.

De conformidad con los reportes periodísticos de la revista Raya, tanto los negociadores de paz de la guerrilla del ELN, como los integrantes de la llamada Segunda Marquetalia, han expresado que el Estado colombiano debe esclarecer quiénes están detrás de varios frentes que se hacen llamar disidencias de las FARC, ya que han ejecutado acciones bélicas contra la población civil y se han enfrentado con la Segunda Marquetalia y el ELN. Así mismo se ha reportado que algunos comandantes de las estructuras del EMC fueron desmovilizados en el proceso de paz de los paramilitares en el marco de la Justicia y Paz, y que volvieron a reintegrarse a las guerrillas sin haberse desmovilizado con los acuerdos de la habana de 2016.

Al no existir unidad de mando de las columnas del EMC de las FARC ni certeza sobre el cese al fuego, los acuerdos en el marco de las negociaciones de paz simplemente no se cumplirán. Las estructuras armadas que operan en el Cauca han abusado de las buenas intenciones del Gobierno y tienen en una grave crisis humanitaria al departamento. El Gobierno Nacional, sin gestos ni voluntades de paz, otorgo apresuradamente un estatus político a unas estructuras armadas y atomizadas que actúan más como grupos paramilitares al servicio del narcotráfico y que no muestran a la fecha intención de parar con la guerra.

Cuarta huelga de hambre de los detenidos políticos del estallido social

En el incendio ocurrido el 28 de junio de 2022 en la cárcel de Tuluá (Valle del Cauca), cincuenta y una personas privadas de la libertad fallecieron. Uno de estos fallecidos fue Jonathan Sabogal, un joven de 30 años que participó activamente en el Paro Nacional de 2021en las movilizaciones en el municipio de Bugalagrande. Mientras se resolvía su situación judicial, Jonathan permanecía en el patio octavo del penal de mediana seguridad de Tuluá, donde ocurrió el siniestro. La causa oficial de muerte del joven fue la inhalación de gases calientes.

Casi dos años después de su muerte, los detenidos que pertenecen al «Colectivo de Detenidos Políticos del Estallido Social ‘Jonathan Sabogal'», quienes se encuentran privados de la libertad en la cárcel de máxima seguridad de Palmira, llevaban 6 días en huelga de hambre a la espera de que el Gobierno del presidente Gustavo Petro, y en especial Otty Patiño, Alto Comisionado para la Paz, cumplan su palabra de poner en funcionamiento la Mesa de Diálogo que instalaron en el mes de julio de 2023. Estos jóvenes, injustamente procesados y víctimas del olvido estatal y social, esperaban que con la instalación y puesta en funcionamiento de la «Mesa de Diálogo» se reconociera su estatus político, y así poder exigir medidas de protección, justicia y condiciones dignas de salud, tanto física como emocional.

El fiscal general de la Nación, Francisco Barbosa, implementó contra los detenidos del Paro Nacional el llamado “derecho penal del enemigo”, dentro del cual, quienes sean contrarios a su posición política e ideológica, serán tratados como sujetos sin derechos y no como ciudadanos. Este derecho es un concepto acuñado por Günther Jakobs desde 1985, y se refiere a que alguien puede ser castigado sin haber cometido delito alguno utilizando como medio de justificación la pretendida “peligrosidad” del sancionado. Es una forma de negar, parcial o totalmente, los derechos procesales y sustantivos que corresponden a toda persona. Así, el enemigo no se considera “ciudadano”, sino que es algo menor que éste y, por ello, no merece la aplicación de las garantías y derechos de la ciudadanía.

Cinco relatores especiales adscritos a la ONU y al Grupo de Trabajo sobre la detención arbitraria cuestionaron la legalidad de las privaciones de la libertad de jóvenes judicializados en medio del Paro Nacional de 2021, muchos casos fueron estudiados por los relatores. Los hallazgos describen un patrón de violación a los derechos humanos en el contexto de las manifestaciones pacíficas, cuyas características fueron la judicialización mediante «el uso inapropiado del derecho penal» o implementación del «derecho penal del enemigo», así como la estigmatización a las personas que participaron en las manifestaciones.

El 24 de marzo de 2023, se dio a conocer el comunicado del Relator Especial sobre los Derechos a la Libertad de Reunión Pacífica y de Asociación, del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria, de la relatora especial sobre la Promoción y Protección del Derecho a la Libertad de Opinión y de Expresión, de la relatora especial sobre la situación de los defensores de derechos humanos, y de la relatora especial sobre la Promoción y la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales en la lucha contra el Terrorismo, en los que se presentó un diagnóstico sobre los hechos ocurridos en el año 2021 en nuestro país relacionados con las detenciones y las judicializaciones en el marco de la represión estatal en el paro nacional. Dentro de sus principales hallazgos, los relatores de la ONU comunicaron su preocupación por la existencia de «un patrón de uso indiscriminado del derecho penal y del poder fiscalizador del Estado con la finalidad de judicializar a personas que participaron en la protesta ». Dicho patrón tendría dos modalidades:

  • La primera se presentó simultáneamente con el Paro Nacional durante los primeros meses del estallido social, por medio de la judicialización de manifestantes mediante la aplicación indiscriminada de figuras jurídicas tales como “captura en flagrancia” y el “traslado por protección”. En esta modalidad, la Fiscalía apeló al uso de tipos penales como “daño en bien ajeno”, “violencia contra servidor público”, “perturbación en servicio de transporte”, “empleo y lanzamiento de sustancias u objetos peligrosos”. A pesar de que la mayor parte de las personas judicializadas en esta modalidad recuperaron su libertad, en muchos casos se presentaron imputaciones para estigmatizar y desincentivar la protesta social.
  • La segunda modalidad a la que se refirieron los relatores de la ONU se presentó entre junio de 2021 y 2023 en una etapa posterior a las movilizaciones. Las judicializaciones en este caso se produjeron mediante capturas con orden judicial sustentadas en posibles montajes, y apelando al uso de tipos penales desproporcionados como “terrorismo”, “concierto para delinquir”, “tentativa de homicidio”, “instigación a delinquir”, “secuestro”, “tráfico, fabricación y porte de explosivos”, entre otros. Ante esta modalidad, los relatores expresaron su preocupación, ya que identificaron que el objetivo de este tipo de imputaciones es desestimular a la ciudadanía y a los manifestantes a ejercer sus derechos y a estigmatizar a las personas que participaron en la protesta social.

Los relatores subrayaron su preocupación por la interpretación consagrada en la Directiva No 002 de 2021, y promovida por Francisco Barbosa, actual fiscal General de la Nación, que ordenaba investigar los posibles actos delictivos de la protesta como “terrorismo”, en contraste con el criterio que hasta ese momento consagraba la derogada Directiva No 008 de 2016, la cual indicaba que debían tipificarse bajo el delito político de “asonada”, otorgando un carácter político. En el informe, los relatores de ONU destacan que las personas judicializadas en esta modalidad son, en su mayoría, jóvenes entre los 18 y 30 años de edad, quienes se encontraban en condición de vulnerabilidad socioeconómica, y cuestionaron la consideración de Las Primeras Líneas como grupos de delincuencia común organizada -GDCO- para justificar un tratamiento más restrictivo de la libertad.

El caso de los detenidos políticos del Estallido Social en el Valle del Cauca, especialmente en Cali, se distingue por la magnitud y la forma en que se desarrollaron las protestas durante el Paro Nacional del 2021. Estos detenidos enfrentan una situación especialmente difícil a nivel nacional, con escasas posibilidades de obtener libertad. La represión estatal en Cali fue tan intensa que incluso la ONU no pudo evaluar adecuadamente los casos de detenidos políticos en la ciudad, lo que resulta lamentable dado que la mayoría de los detenidos provienen de allí. Esto se debe en parte a que las defensas de estos detenidos son llevadas a cabo por la Defensoría del Pueblo y abogados sin especialización. El informe de la ONU describe prácticas como tortura, detenciones prolongadas y desapariciones forzadas que fueron frecuentes en Cali y el Valle del Cauca durante el Paro Nacional. Sin embargo, la ONU no pudo caracterizar completamente estas prácticas, lo que sugiere que en las judicializaciones en el Valle del Cauca hay una sistemática y generalizada violación de los derechos humanos

Pese a que el Gobierno Nacional indica que la Fiscalía y Procuraduría han obstaculizado las acciones para la libertad de los detenidos políticos, consideramos que el Gobierno de Gustavo Petro sí puede adelantar más acciones que garanticen los mínimos de dignidad humana para los detenidos del Paro Nacional, en especial para quienes se encuentran en la cárcel de máxima seguridad de Palmira organizados en el Colectivo “Jonathan Sabogal”.

Por: Sofía López Mera, abogada, periodista y defensora de derechos humanos de la Corporación Justicia y Dignidad